Fuentes de consulta para la elaboración de preguntas y respuestas.
Autor
|
Título del Libro
|
país
|
Edición
|
Año
|
Editorial
|
MARGADANT GUILLERMO FLORIS
|
EL DERECHO PRIVADO ROMANO
|
México
|
7ª
|
2000
|
Porrúa
|
MORINEAU IDUARTE MARTA
|
DERECHO ROMANO
|
México
|
4ª
|
2000
|
OxfordUniversittyPress
|
MORINEAU IDUARTE MARTA
|
DICCIONARIOS JURÍDICOS TEMÁTICOS
|
MÉXICO
|
2ª EDICIÓN
VOLUMEN 6
|
2002
|
OxfordUniversittyPress
|
EUGENE PETIT
|
TRATADO ELEMENTAL DE DERECHO ROMANO
|
BUENOS AIRES ARGENTINA
|
II EDICION
|
2006
|
EDITORIAL Valletta Ediciones
|
VON IHERING, RUDOLF
|
EL ESPIRITU DEL DER. ROMANO
|
MEXICO D.F
|
PRIMERA
4 VOLUMEN
|
2001
|
BIBLIOTECA DE DERECHO ROMANO OXFORD UNIVERSITY PRESS
|
VON IHERING, RUDOLF
|
EL ESPÍRITU DEL DERECHO ROMANO
|
MADRID.
|
PRIMERA
1-VOLUMEN
|
2001
|
BIBLIOTECA DE DERECHO ROMANO OXFORD UNIVERSITY PRESS
|
Código:
color rojo: nombre del alumno que no tiene derecho a estímulo en el segundo parcial
color verde: nombre del alumno que tiene estímulo en el segundo examen pacial.
color rosa: pregunta estructurada.
color amarillo: respuesta a la pregunta.
NO. NOMBRE:
1 AGUAYO GONZALEZ MARIA CRISTINA
1.-¿Que
origino la caida del Poder Real y el decenvirato?
El
principio de la nueva época, la introducción de la República. Pag. 47 1er
párrafo.
2.-¿Qué
hecho marco la fundación de Roma?
La
muerte dada por Rómulo a su hermano. pag. 47 1er párrafo.
3.-Cualidades
a la que hay que atribuirle al pueblo romano la perfectibilidad?
Intelectuales,
su espíritu penetrante y analítico, su tacto práctico, la fuerza moral, la
energía de la voluntad del pueblo romano. Pag. 47 3er párrafo.
4.-¿Cuándo
las reglas del derecho y las Instituciones Jurídicas tienen estabilidad?
Cuando
las resoluciones de un hombre de carácter descansan en la fuerza y estabilidad.
Pag. 48 1er párrafo.
5.-¿Qué
se ha encontrado en la ciencia Jurídica romana? Un
derecho sencillo y lógico. Pag. 49 2º párrafo.
6.-¿La
tendencia conservadora del pueblo romano en qué se funda? Sobre
una fuerza activa. Pag. 51 3er párrafo.
7.-¿Qué
cambios y contrastes grandiosos sufrió el pueblo romano en su historia?
El
primero pertenece a la época de la formación de pueblo romano; el segundo el de
los patricios y plebeyos y el tercero el del ius civilie y el del ius gentium.
Pag. 51 4º párrafo.
8.-¿Qué
produjo la exposición entre los plebeyos y los patricios?
La
uniformidad y continuidad de progreso. Pag. 52 1er párrafo.
9.-
¿En el Derecho romano que ideas son opuestas?
La
idea romana nacional y la idea cosmopolita. Pag. 52 2º párrafo.
10.-¿Qué
Sistema de Gobierno prevaleció en Roma?
Fue
un dualismo como hecho nacido de la fuerza. Pag. 52 3er párrafo.
2 AGUILAR PEREZ DANIEL EDUARDO
El antecedente de la hipoteca con qué
relación lo encontramos? R= con el arrendamiento rustico; Pág. 221 párrafo 5.
En qué se diferencian la prenda de la hipoteca? R= prenda, la cosa se entrega al acreedor,
la hipoteca nada se entrega;Pág. 221 párrafo 7.
Como se constituye el derecho real? R= por contrato, testamento, por decisión
judicial por la ley en forma directa; Pág.222 párrafo 1-4
En qué casos se extingue la prenda y la
hipoteca? R=por extinción de deuda, por perdida de la
cosa, por renuncia, por confusión, y por prescripción; Página 222 párrafo del 5 al 8.
Como se clasifica la servidumbre? R= en rustica y urbana; Página 223 párrafo 2
3 ALVAREZ PEREZ OCTAVIO ALAN
4 ALVAREZ MACIAS DAVID
5 ARENAS VALADEZ JOSE HECTOR
6 ARMENTA FUENTES MARIEL
1.-
¿Para qué ese utilizó la acción de deslinde o actio finium regundorum?
R- Se utilizo para que se
fijaran los límites o linderos de un predio rústico. (p.139, 1 párrafo)
2.-¿
Quienes tenían la acción de división de cosa común (actio communi dividundo)?
R- La tenían los
copropietarios para pedir la división de la cosa en común. (p.139, 2 párrafo)
3.-¿Qué
es la acción de ley por aprehensión corporal (legis actio per manus inectionem)? R-Es una de las dos acciones
ejecutivas del procedimiento de acciones de la ley. . (p.139, 3 párrafo)
4.-¿
Para qué se aplicaba la ley por aprensión corporal (legis actio per manus inectionem)? R- Se aplicaba para ejecutar
deudas reconocidas judicialmente o de
cuya existencia el deudor no hubiera hecho ninguna objeción. (p.139, 3 párrafo)
5.-¿
De donde viene el nombre de acción de ley por apuesta sacramental (legis
actio sacramento)? R- Su nombre deriva de una
apuesta en dinero (sacramentum) que las partes efectuaban cualquiera fuera el
objeto de litigio. El vencido perdía la cantidad depositada, que adquiría el
carácter de una pena, y en principio se entregaba al templo y después al
físico. (p.140, 1 párrafo)
6.-Que
es la acción de ley por emplazamiento o notificación (legis actio per condictionem)
y que efecto tenia? R- Es una de las tres acción
es declarativas del procedimiento de acciones de la ley. Su nombre deriva de la
palabra latina condicere, que quiere decir notificar o emplazar.
Se podía ejercer para reclamar una determinada suma de dinero o una cosa
determinada, esto es, individualmente designada. (p.140, 2 párrafo)
7.-
¿Cuándo se ejercía la acción de la ley por petición de un juez o de un árbitro
(legis
actio per iudicis arbitrive postulationem)? R- Se podía ejercer en dos
casos, en primer lugar en el caso de las accione divisorias y en segundo lugar
en el caso de créditos resultantes de una estipulación. (p.140, 3 párrafo)
8.-Para
que sirve la acción de ley por toma de prenda (legis actio per pignoris capionem)? R- Sirvió para reclamar
créditos de carácter religioso, créditos que tuvieran que ver con los militares
y créditos fiscales. (p.141, 1 párrafo)
9.-
Que es la acción de partición de herencia (actio familia herciscundae)?
R-Es la acción para que los
herederos pidieran la división de la herencia. (p.141, 2 párrafo)
10.-
Que es la acción para completar la legitima (actio ad supplendam legitimam)?
R- Es la acción del heredero
testamentario que hubiera recibido una cantidad menor que la porción
legitima que la ley le garantizaba, para
pedir que esa cantidad fuera completada. (p.141, 3 párrafo)
11.-¿
Que es la acción publiciana (actio Publiciana in rem) R-La acción publiciana era una
acción ficticia y así, el pretor en la formula respectiva ordenaba al juez
condenar al demandado si se probaba fundada la acción de la actor, propietario
bonitario, a quien debiera considerar propietario quiritario como si ya hubiera
pasado el tiempo necesario para la usicapion. (p.141, 4 párrafo)
12.-¿
Que es la acción reivindicatoria (reivindicatio)? R- Es la acción real otorgada
al propietario quiritario para defender su derecho frente a cualquier tercero. (p.142,
1 párrafo)
13.-¿
Que eran las acciones adyecticias (actiones adiectictiae qualitatis) y
para que se utilizaban? R- Eran las mismas acciones
nacidas de los negocios correspondientes, pero con una trasposición de sujetos
en la formula, el hijo o el esclavo en la intentio y el padre en la condemnatio.
Y se utilizaban para englobar diversas acciones contra el padre de familia,
como responsable de los negocios administrados por sus hijos o esclavos. (p.142,
2 párrafo)
14.-¿
Que se hacía en las acciones arbitrarias (actiones arbitrariae)? R- Si se perseguía la
restitución o exhibición de una cosa y
se debía ejercer una acción arbitraria, es decir, que contuviera una clausula
arbitral en la que el magistrado
instruía al juez para que antes de
condenar al demandado le ordenara restituir o exhibir la cosa. (p.142, 3
párrafo)
15.-¿
A que se referían las acciones ciertas e inciertas (actiones certae y actiones
insertae)? R- Las primeras se referían a
alguna cosa o cantidad de dinero establecida en la demanda. En las segundas, el
juez debería fijar en la sentencia la cantidad correspondiente. (p.142, 4
párrafo)
16.-¿
Que son las acciones civiles y acciones honorarias (actiones civiles y actiones
honorariae)? R- Es la fuente creadora de la
acción que podía ser el derecho civil o el derecho honorario. (p.143, 1 párrafo)
17.-
Ejemplo de las acciones honorarias (
actiones honorariae). R- Acciones adyecticias,
accione de hecho, acciones ficticias, acciones útiles. (p.143, 1 párrafo)
18.-
¿Cuáles son las acciones de derecho estricto y acciones de buena fe (actiones
stricti iuris y actiones bonae fidei)? R- En las primeras el juez, al
emitir du fallo debía atenerse exactamente a los términos planteados en la
formula; en la segundas, el juez tenía una mayor discrecionalidad. (p.143, 2
párrafo)
19.-¿
Que son las acciones de hecho (actiones in factum) ?
R- Son nuevas acciones creadas
por el derecho honorario. (p.143, 3 párrafo)
20.-¿En
qué consisten las acciones ficticias (actiones ficticiae)?
R- En ellas, el magistrado
ordenaba al juez, en la formula respectiva, sustituir un derecho real por una
ficción. (p.143, 4 párrafo)
21.-
¿En qué consisten las acciones perpetuas y acciones temporales (actiones
perpetuae y actiones temporales)? R- Esta clase toma en cuenta
el plazo que se tenía para ejercer la acción. Al principio las acciones
perpetuas se identificaron con las acciones civiles y las temporales con las
honorarias. (p.143, 5 párrafo)
7 BAENA JACOME MARINA ESTEFANIE. Cuestionario
de la pagina 85 a la 90
1. ¿acto por el cual el esclavo
obtiene su libertad se llama?
R= manumisión. Párrafo dos página 85
2. ¿condiciones para que la manumisión
surta todos sus efectos jurídicos son?R= que fuera con la voluntad del propietario y Que se efectuara de
forma solemne.Párrafo dos página 85
3. ¿Cuáles son las dos clases de manumisión testamentaria?
R= manumisión testamentaria
directa y manumisión fideicomisaria
Párrafo uno página 86
4. ¿Cual es la manumisión
fideicomisaria?R= cuando el testador concede la libertad indirectamente al esclavo. Párrafo tres página 86
5. ¿a que edad se prohíbe realizar la
manumisión?
R=a un amo menos de 20 años. Párrafo uno página 87
6. ¿Cuál es la clase manumitidos
dediticios? R=serian aquellos esclavos que hubieran sufrido castigos por mal
comportamiento y que el momento de obtener su libertad no podían ser otra cosa
que peregrinos.Párrafo tres página 87
7. ¿Qué es el colono?R= es aquella persona libre que cultiva una tierra que no le pertenece, aunque esta logado a ella y no
puede abandonarla.Párrafo tres página 88
8. ¿ en que consistía el commercium?R=consistía en el derecho de adquirir y transmitir la propiedad. Párrafo cuatro pagina89
9. ¿en lo que refiere al orden publico
el ciudadano romano tenia el?
R= Ius suffragii o derecho de votar el comicios y el Ius honorum o derecho de desepeñar
cualquier función pública o religiosa. Párrafo cinco pagina89
10. ¿como podía ser obtenida la
ciudadanía con respecto al nacimiento?
R=por haber prestado un servicio extraordinario al estado, en este
caso dicha ciudadanía debía ser confirmada por los comicios…… párrafo dos
pagina 90
11. ¿ como podía perderse la
ciudadanía?R= debido al hecho de ser reducido a la esclavitud mediante
sentencia por infringir alguna disposición legal o bien por disposición propia
de hacerse ciudadano de otro país.Párrafo tres pagina 90
12. Que son los peregrini?R=son habitantes de países que han celebrado tratados de alianza con
Roma o que habiendo sido sometidos a ella se convirtieron posteriormente en provincias
Romanas. Párrafo cinco pagina 90
13. ¿Quiénes son los latini?R= eran peregrini con un trato mas ventajoso que los propiamente
extranjeros y en algunos aspectos se asimilaban a los ciudadanos.Párrafo seis pagina 90
14. Cuantas clases de latini exisitian?R=latini vetere, latini
coloniarii y latini iuniani.Parrafo
seis pagina 90
8 BARCENAS JAIME LAURA PATRICIAPág. 208 -214
1.- ¿Qué
corriente desarrolla y encabeza Federico Carlos von Savigny? (Traité
de la Possession en Droit romain) Afirma
que la posesión es solo una situación de hecho, aunque este protegida por el
derecho y así pudiera parecer que ella misma lo es. 2.- ¿Cuál es
la postura que adopta Rodolfo vo Ihering? (La
posesión) adopta la postura contraria al afirmar que la posesión por sí
misma es un derecho. 3.- ¿Cómo se
constituye la posesión? Se
constituye por la reunión de dos elementos:
El primero
se llama corpus (de
carácter objetivo) y es precisamente el controlo poder físico que la persona
ejerce sobre la cosa. El
segundo se denomina animus possidendi
(de carácter subjetivo) consiste en la intención o voluntad del sujeto de
poseer la cosa, reteniéndola para sí, con exclusión de los demás.
4.- ¿Para qué
se creó la figura de la “quasi possessio o iuris possessio”? Porque
en un principio la posesión solo podía referirse a cosas corporales, y más
adelante se admitió la posesión de cosas incorporales (la posesión de derechos)
5.- ¿Cómo se
podía adquirir el “corpus”?
Se
podía adquirir a través de otra persona, como un hijo o un esclavo, o bien, por
un representante.
6.-En el
animus o intención de poseer, ¿Qué era necesario para adquirir la posesión?
Era
necesaria la capacidad jurídica
7.-¿Qué
personas no tenían el animus possidendi? Aquellas
personas que estuvieran autorizadas a actuar sobre las cosas en virtud de otro
derecho real o personal, que excluyera la posibilidad de que se convirtieran en
propietarios.
8.- ¿Por qué
se perdía la posesión?
Por
la pérdida de cualquiera de sus elementos (el corpus o el animus), y
forzosamente por la pérdida de ambos.
9.- ¿Cuáles
son las clases de posesión? L
a posesión justa: Cuando se adquiere sin
perjudicar a un anterior poseedor, se quiere sin vicios (por eso también se le
llama posesión no viciosa) La
posesión injusta: Al adquirirla se daño a
otro poseedor. También se le conoce como posesión viciosa cuando se adquiría
violentamente (vi), clandestinamente (clam) o en virtud de un precario (cuando el que tiene una cosa que se le había
concedido en uso se negaba a devolverla) Posesión
de buena fe: Cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión. Posesión
de mala fe: Cuando el poseedor sabe que no tiene
derecho a la posesión (como en
el caso del ladrón).
10.-Menciona
las diferencias que había entre el poseedor de buena y el de mala fe.
El
poseedor de buena fe puede convertirse en
propietario por usucapión se hace dueño de los frutos
hasta el momento en que el verdadero dueño le reclame la cosa poseída tiene derecho a los gastos
necesarios y útiles que hubiera hecho para la conservación del objeto y puede
retenerlo hasta que le sean pagados. El
poseedor de mala fe jamás se convierte en
propietario debe devolver todos los
frutos solo tiene derecho a
recuperar los gastos necesarios
11.- ¿Para qué
cuenta el poseedor con los interdictos?
Para
demandar el reconocimiento o protección de su posesión frente al despojo
12.- ¿Cuántos
grupos de interdictos existen y cuáles son?A) Interdicto retinendae possessionis : este grupo se utilizaban para retener la
posesión. Interdicto uti possidetis
(pág. 211) Interdicto utrubi (pág. 212) B)Interdicto recuperandae possessionis: sirve
para recuperar la posesión. Interdicto unde vi (pág.
212) Interdicto de precario (pág.
212) Interdicto de clandestina
(pág. 212)
13.- ¿Qué
otro nombre reciben el grupo de B)
Interdicto recuperandae possessionis?
Servían
para recuperar la posesión y por lo tanto son interdictos restitutorios
14.- ¿Qué
implican los derechos reales sobre la cosa ajena?
Implican
que una persona tenga un derecho real sobre una cosa que pertenece a otro.
15.- ¿Cómo se
clasifican los derechos reales sobre la cosa ajena? Derecho real de goce: Servidumbres, la
enfiteusis y la superficie Derechos reales de
garantía: Están
representados por la prenda y la hipoteca
9 CASTILLO MARTINEZ ESTEPHANIE PAMELA
10 CENDEJAS AGUILERA ANDREA
11 CHAVEZ ESPINOZA ANGEL ISRAEL
1.- ¿Qué
quiere decir interdictum uti
possidetis?Tal
como poseéis.
2.-
¿Para qué servía?Para
la conservación de cosas inmueble.
3.-
¿En virtud de un precario el magistrado le ordena devolver el inmueble, cómo
operaba éste indicto? Como
un interdicto restitutorio.
4.-
¿Para qué servían los interdictos para adquirir la posesión? Para
pedir la posesión de cosas aún no poseídas.
5.-
¿Para qué servían los interdictos salvianum? Para
pedir la posesión de la cosa hipotecada.
6.-
¿Para qué servía el interdictum quorum bonorum?Lo
tenía el heredero pretorio para pedir la herencia.
7.-
¿Para qué servían los interdictos recuperandae possessionis?
Para
recuperar la posesión, en favor de la persona desposeída.
8.-
¿Cuántos interdictos hay para la recuperación de la posesión? -
interdicto de desposesión violenta. -
interdicto de posesión clandestina. -
interdicto de precario. -
interdicto. -
posesión
9.-
¿Para qué servía interdicta retinendae possessionis? Para
retener la posesión.
10.-¿Cuántos
interdictos hay para retener la posesión? -
interdicto uti possidetis: para retener cosas inmuebles. -interdicto
utrubi: para la conservación de cosas inmuebles.
11.-
¿ Cómo define Ultiano justicia?
Es
la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho.
12.-
¿A quién debe acudir para que reconozcan nuestro derecho de propiedad sobre una
cosa que impide el goce del mismo? A
los órganos encargados de administrar justicia
13.-
¿Cuáles eran las excepciones a este principio? En
legítima defensa de una agresión actual o injustificada: -
La sospecha de la huida del
deudor. -
La defensa de la posesión y
de la propiedad, admitiendo que ha sido desposeído por la fuerza
-
El propietario de un fundo
puede cortar las ramas de los árboles de un vecino que hay sobre su propio
terreno.
14.-
¿En la época de Augusto qué medidas tomaban para condenar la justiciapor su
propia mano? Quién
recurriera a ella perdería el derecho que trataba de defender.
15.-
¿Son materia del Derecho Procesal? - El
comportamiento de los litigantes frente al tribunal. -
Los pasos que deben seguir para lograr una sentencia. - La
organización judicial.
16.-
¿Entendido el proceso como la solución de una controversia el juez, el
procedimiento, los pasos para llegar a la solución ; y la acción de acudir al
tribunal para proclamar nuestro dercho a que rama se refiere? A la
rama del Derecho de las Acciones.
17.-
¿El término de proceso y procedimiento qué calificativo le dieron) Como
Procesal.
18.-
¿Según Celso como definió la palabra Acción? Para
hacer referencia a la disciplina que nos ocupa como al “Derecho de perseguir
judicialmente loi que deben a uno”.
19.-¿En
latín como le llamaban a la pretensión del litigante que iniciaba el proceso o
juicio?
Iudicium
20.-
¿En Roma la palabra acción que significados le dieron? -
como nombre de una rama del Derecho. -
para asignar al derecho de acudir a la autoridad judicial para pedir
reconocimiento de un derecho o realización de uno previamente reconocido. - se
designaba a la pretensión del actor en el juicio.
21.-
¿Para los romanos el derecho procesal como lo consideraban? Mientras
hubiera acción había derecho.
22.-
¿Dónde se originó el derecho honorario? En
el ámbito procesal.
23.-
¿Quién ejerce la acción? El
que pide que se reconozca o declare un derecho , ejecute uno previamente
reconocido, es el actor o demandante.
24.-
¿Quién desconoce ese derecho o no ha cumplido con su deber, que es el demandado
los romanos como lo llamaban? Reus.
25.-
¿Quién es cognitor y quién lo nombraba? Era
un representante nombrado solemnemente frente a la otra parte y ante un
tribunal.
26.-
¿Quién es el procurator y quién lo nombra?Era
un representante común y corriente nombrado probablemente a través de un
mandato sin requerir la presencia del otro litigante.
27.-
¿Cómo explica Justiano que en principio solo las partes
28.-
¿Qué figuras actuaban en nombre de otros?El
cognitor y el procurator
29.-
¿Por qué el derecho romano reprobó y sanciono a los litigantes temerarios?
Porque
los litigantes temerarios interponían una acción o una excepción infundadas.
30.-
¿Qué medidas se establecieron?Que una defensa infundada podía acrecentar la
condena y si los litigantes daban el juramento de obrar de buena fe y no lo
daban, se les acusaba de perjuros.
31.- ¿Qué es la condena en costas? Que el perdedor pagará los gastos procesales.
32.- ¿Cuándo apareció la intervención del
Estado y de la Organización Judicial con Tribunales y Jueces? No apareció en Roma, si no apareció hasta la
República.
33.- ¿Quiénes fueron los magistrados
jurisdiccionales más importantes?
Fueron los pretores: el urbano, por lo que
toca a los ciudadanos y el peregrino.
34.- ¿Quiénes administraban justicia en los
mercados? Los ediles curules con una jurisdicción limitada.
12 CRISTOBAL SANTIAGO ROSA MARIATEMA III
FAMILIA.
1. ¿COMO
SE FORMAVA LA FAMILIA EN ROMA?
R=SE
DISGNAVA ALOS INDIVIDUOS UNIDOS POR LAZOS DE PARTENTESCO PAG.100, PARRAFO 1
2. ¿COMO
CONSERVAVA EL HIJO EL VINCULO AGNATICO?
R= A LOS QUE ESTABAN SOMETIDOS A LA MISMA PATRIA POTESTAD INCLUIA A LA MUJER PAG.100, PARRAFO
1
3. ¿COMO SE ESTABLECIA EL MATRIMONIO EN ROMA?
R= POR LA POTESTAD MARITAL PAG.100, PARRAFO 1
4. ¿QUE ERA CONCIDERADO COMO PATRIMONIO DE LA FAMILIA?
R= LA MUJER, LOS HIJOS, Y LAS PROPIEDADES PAG.100, PARRAFO 1
5. ¿COMO ESTABA LIGADO EL PARENTESCO FAMILIAR EN ROMA?
R=MATRIMONIO, PATRIA POTESTAD, Y POTESTAD MARITAL PAG.100, PARRAFO 2
5. ¿HASTA QUE EDAD PODIA UN HOMBRE SER PATERFAMILIAS?
R= NO IMPLICABA LA EDAD PERO SI ERA PEQUEÑO REQUERIA UN TUTOR PAG.101,
CAP.I, PARRAFO 7
6. ¿DE QUE FORMA ERA SOMETIDO UN INDIVIDUO DENTRO DE LA FAMILIA?
R= PUEDEN ESTAR SOMETIDOS A 3 AUTORIDADES.
- LA
AUTORIDAD PATERNAL O PATRIA POTESTAD
- LA
AUTORIDAD DEL MARIDO
- LA
AUTORIDAD DE UN HOMBRE LIBRE SOBRE OTRO HOMBRE LIBRE . PAG.101, PARRAFO 1
7. ¿LA PATRIA POTESTAD PARA QUE FUE CREADA?
R= PARA PROTEGER LOS INTERESES DE LA FAMILIA
PAG.104,
CAPITULO III PARRAFO 2
8. ¿QUE DERECHO TENIA EL PATERFAMILIA SOBRE SU FAMILIA?
R= TENER DERECHO DE VIDA Y DE MUERTE PAG.104, CAP. III, PARRAFO 3
9. ¿QUIEN TENIA DERECHO DE LOS BIENES PATRIMONIALES?
R= TODO PERTENECIA AL JEFE DE FAMILIA PAG.104, CAP. III, PARRAFO 4
10. ¿CUALES SON LAS FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD?
- R=
MATRIMONIO
-
ADOPCIÓN
-
LEGITIMACIÓN. PAG.105, CAP. III, PARRAFO 7
11. ¿CUAL ERA EL FIN CON LA UNION CONYUGAL?
R= LA PROCREACION DE HIJOS PAG.105, CAP. III, PARRAFO 9
13 CRUZ GONZALEZ LUIS ALFONSO
14 CRUZ AGUILAR KAREN BETHZAIN
15 DE LA CRUZ SOLANO JOSE IGNACIO
16 DE PAZ NATAREN VIRIDIANA CAROLINA
17 DIAZ CANCINO IRVIN ALEXANDER
18 DUARTE MARTINEZ VICTOR AUGUSTO
19 ENRIQUEZ REYNOSO KARINA "olvido escribir párrafo y página"
CUALES SON LOS SISTEMAS DE PROCEDIMIENTO?
1.- Sistema de acción de Ley 2.- sistema de
procedimiento fue el formulario 3.-el
ultimo sistema fue el del procedimiento extraordinario o extraordinaria
cognitio
CUALES SON
LAS ACCIONES DE LEY: 3 Acciones
Declarativas. *la acciones de ley por apuesta *las acciones de ley por por petición de un juez o
un arbitro *las acciones de ley por requerimiento, 2 Ejecutivas: *la de aprehensión corporal- manus iniectio. *y la de toma de prenda o embargo pignris-capio
LA FASE APUD IUDICEM EN QUE SE BASA? Se desarrollava ante el juez quien para dictar
sentencia debía basarse en lo ocurrido en la fase anterior, examinaba las
pruebas aportadas por los litigantes, oiría los alegatos y pondría fin al proceso al decidir quien
ganaba o perdia
LA LEY POR REQUERIMIENTO POR QUE FUE CREADA. Para la recuperación de aquellos créditos referentes
a una determinada suma de dinero o una cosa determinada, o sea una cosa
individualmente designada
LA LEY DE APREHENSION CORPORAL QUE SIGNIFICA? Donde el acreedor prende a su deudor y si este no
satisface su obligación en un cierto plazo. El primero podría venderlo como
esclavo
20 FUENTES HERNANDEZ JESSICA VICTORIA
¿Que son las acciones Prejudiciales? Pág. 144 párrafo dos. La acción era decidir una cuestión previa que daría lugar a un ulterior litigio
¿Cuál es la diferencia entre acciones Privadas y Populares? Pág. 144 párrafo tres. Privada era cuando el particular actuaba actuaba en defensa personal, familiar o su patrimonio. y Popular se actuaba en defensa del interés público
¿Diferencia entre acciones Reales y Personales? Pág. 144 párrafo cuarto. Acciones reales servían para defender derechos reales y Acciones personales servían para defender derechos personales
¿En qué consisten las acciones Reipersecutorias, Penales y Mixtas? Pág. 145 párrafo segundo.
1. Reipersecutorias- Se defendía la propiedad.2. Penales- Perseguía la multa privada, (impuesto a delitos privados). 3. Mixtas-Perseguía ambas cosas a la vez, logrando una indemnización
¿Cuáles son los tres periodos del imperio romano? Pág. 147 párrafo único
Primero Monarquía, Segundo Republica y Tercero el Imperio.
¿Qué es el interdicto? Pág. 148 párrafo único. Es una orden del magistrado, generalmente pretor, a petición de un particular y dirigida a otro, ordenándole o prohibiéndole determinada conducta.
¿Mencione interdictos? Pág. 149 párrafo, dos, tres y cuatro1. Interdicto de Posesión clandestina.- Se daba contra la desposesión maliciosa y oculta de un inmueble.2. Interdicto de precario.- restitutorio, otorgado por el magistrado para pedir la restitución de una cosa mueble o inmueble.Interdicto de desposesión violenta.-3. restitutorio servía en los casos en que se era desposeído por la fuerza, violentamente.
21 GOMEZ GUTIERREZ GREGORIO
1._ ¿COMO ERA LA SITUACION DE
LA PERSONA MANCIPADA?. ERA SEMAJANTE ALA DEL
ESCLAVO ESTABA SOMETIDA A LA AUTORIDAD
DE QUIEN EJERCIA EL MANCIPIUM PUDIENDOSE LIBERAR DE POR MEDIO DE LA MANUMISION
DESPUES DE HABER CUBIERTO LA DEUDA.
2._ ¿CUAL ES LA DIFERENCIA BASICA QUE EXISTIA
ENTRE UN ESCLAVO Y UNA PERSONA DADA EN MANCIPIUM?. ERA EL QUE NO PERDIA
LA LIBERTAD Y SEGUIRIA SIENDO INGENUA ,
ASI COMO TAMBIEN ESTARIA SIEMPRE EN POSESION DE LA CIUDADANIA.
3._ ¿QUE ES LA CURATELA?. FUE UNA
INSTITUCION DE PROTECCION Y REPRESENTACION DE INCAPACES. TENIAN CURADOR
, PARA AUXILIARLOS EN LA REALIZACION DE
ACTOS JURIDICOS , LOS LOCOS, LOS MENORES DE 25 AŇOS Y LOS PRODIGOS
4._ ¿CUANDO SE CONOCE COMO DATIVA LA CUARTELA
DE LOS DEMENTES? . CUANDO EL CURADOR ERA NOMBRADO POR UNA AUTORIDAD LEGITIMA,
ESTABLECIDA POR LA LEY Y QUE RECAIA EN EL P8ARIENTE MASCULINO MAS CERCANO, Y
TESTAMENTARIA, CUANDO EL PADRENOMBRABA AL CURADOR EN SU TESTAMENTO , ACCION , GESTION DE
NEGOCIOS
5._ ¿QUE ES LA TUTELA?. ES LA INSTITUCION Y REPRESENTACION DE INCAPACES DE LOS
IMPUBERES , PERSONAS NO SUJETAS A LA PATRIA POTESTAD, PARA PROTEGER A QUIEN POR
RAZON DE SU EDAD NO PUEDE DEFENDERSE POR SI MISMO.
6._ ¿QUE ES LA TUTELA DATIVA?. ES CUANDO EL TUTOR ERA DESIGNADO POR EL
MAGISTRADO ,EN ROMA, POR EL Y PRETOR
URBANO , EN LAS PROVINCIAS POR EL GOBERNADOR.
7._ ¿QUE ES LA TUTELA LEGITIMA?. CUANDO LA
TUTELA EN LA QUE LA DESIGNACION DE TUTOR FUE ESTABLESIDA POR LA LEY QUE SI EL PADRE EN SU TESTAMENTO NO HABIA DESIGNADO TUTOR PARA EL HIJO QUE SE COMBERTIRIA A LA MUERTE ,LA TUTELA
RECAERIA EN EL PARIENTE AGRIADO MAS CERCANO .
8._ ¿COMO ES LA TUTELA PERPETUA DE LA MUJER?.
ES LA PROTECCION DADA A LA MUJER, LA PRINCIPAL
FUNCION DEL TUTOR ERA DAR SU AUTORIZACION A
LOS NEGOCIOS MAS IMPORTANTES REALIZADOS POR LA MUJER COMO LA ACEPTACION
DE UNA HERENCIA, LA CONFECCION DE UN TESTAMENTO, LA MANUMICION DE ESCLAVOS ASUMIR
OBLIGACIONES Y EFECTUAR VENTAS .
9._
¿QUE ES LA TUTELA TESTAMENTARIA?. ES LA DESIGNACION DEL TUTOR HECHA POR EL TESTADOR EN SU ULTIMO
TESTAMENTO.
10._ ¿HASTA QUE EPOCA
PERDURO LA TUTELA DE LA MUJER?. EN LA EPOCA DIOCLECIANO.
22 GONZALEZ HERNANDEZ VANESSA GEOVANELLY
23 GUERRERO BALDERAS JESUS
cómo las instituciones religiosas se
plegaban a los romanos la opinión de que las instituciones religiosas y los
dioses mismos eran instrumentos del imperio romano. Aunque fuera erróneo, basarse en esta circunstancia para atribuir a los romanos la opinión
de que las instituciones religiosas y los dioses mismos eran instrumentos del
Estado Romano.
Si
esta acción instintiva del espíritu romano se manifestaba en materia religiosa
¿Cuánto más poderosa no debió de ser en materia profana?.
El
móvil universal es el egoísmo. La creación completa del mundo romano, con todas
sus instituciones y todas las virtudes que en el se manifiestan, no son otra
cosa que el egoísmo nacional objetivo u organizado.
Expliquémonos
por medio de ejemplos. El egoísmo mezquino y de bajas miras atiende sólo a la
utilidad particular, persiguiendo la necesidad que siente a costas del derecho,
del honor y de la patria; de una manera que, generalizada,
sería la más inoportuna del mundo. El ciudadano de Roma por el contrario, sabe
que su bienestar personal tiene por condición el bien estar del Estado; por eso
su egoísmo sólo atiende al Estado.
El
carácter romano, con sus virtudes y defectos es pues el sistema del egoísmo
organizado cuyo principio fundamental consiste en que los objetos secundarios
deben sacrificarse al objeto final, ósea, el individuo al Estado, el caso
particular a la regla abstracta y al momento transitorio a la duración de los
tiempos.
Lo
que ya hemos dicho con motivo de la esencia del espíritu romano explica la
naturaleza y la causa de la vocación especial para la cultura del derecho. El
derecho es la religión del egoísmo; en derecho la idea de la oportunidad
objetiva puede y debe manifestarse, si no de un
modo absoluto, a lo menos en un grado elevado y precisamente en este
sentido es como el espíritu romano comprendió y desarrolló el derecho.
No
son el sentimiento moral ni justicia quienes reclaman esta disciplina moral, no
me cansaré de repetirlo es únicamente la oportunidad. La verdadera justicia más
que la igualdad mecánica, resultado de la tiranía de la regla muerta pide la
igualdad verdadera intrínseca, que responde a la justicia y que no responde con
el medio. El sentimiento moral independiente, no puede sufrir que se resuelva
una cuestión de derecho que resuelva una cuestión de derecho con el mismo
problema de aritmética y que el derecho se rebaje hasta un sentimiento.
CUESTIONARIO
1. ¿Qué
eran la opinión de las instituciones religiosas y los dioses en Roma?
R=
Instrumentos del Imperio Romano
2. ¿Cómo
designas al mundo romanoR= Es el triunfo de la idea de la oportunidad?
3. ¿Cuál
es el móvil universal?R= El
egoísmo
4. ¿Qué
atiende el egoísmo mezquino?R= Solo
atiende a la utilidad particular
5.
Menciona una característica del ciudadano romano
R= Sabe
que su bienestar individual tiene por condición el bienestar del Estado
6. ¿Cuál
es el principio fundamental del carácter romano?
R= Los
objetos secundarios deben sacrificarse al objeto final individual del Estado
7. ¿Cuál
es el punto culminante del derecho romano?R= El
derecho
8. ¿Qué es
la religión del egoísmo?R= El
derecho
9. ¿Cuál
es el objeto de la idea de la oportunidad?R= La
regla abstracta
10. ¿Qué
reclama la oportunidad?R= La
disciplina moral
24 GUERRERO DOMINGUEZ DANIELA BEATRIZ
25 GUTIERREZ RIVAS BEATRIZ ANDREA
26 GUTIERREZ VIURQUIZ ANA CRISTINA. GUIA DE LA PÁGINA 189 A LA 194
1.
¿EL DERECHO ROMANO COMO REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD
PRIVADA?
PAGINA 189 PARRAFO 2. Otorgándole facultades amplias al
propietario y estableciendo limitaciones a esas facultades.
2.
¿CUÁLES SON LAS DOS REGLAMENTACIONES DE LA PROPIEDAD QUE
CONOCE EL DERECHO ROMANO? PAGINA 190
PARRAFO 1. La primera propiedad Quiritaria y la establece el derecho civil. La segunda propiedad Bonitaria
y la establece el derecho honorario
3.
¿QUE EXIGÍA LA PROPIEDAD QUIRITARIA? PAGINA 190
PARRAFO 2. a)
Que el sujeto fuera ciudadano romano. b)
Que la cosa estuviera en el comercio. c)
Si el objeto era inmueble, debía estar situado en el suelo itálico. d) Su transmisión
debía hacerse por los medios solemnes del derecho civil : la mancipatio o la iure cesio
4. ¿LA PROPIEDAD
BONITARIA COMO SE CONFIGURABA? PAGINA 190
PARRAFO 4. Se configuraba cuando faltaba alguno de los requisitos
exigidos por el derecho civil y
solamente la reconocía el derecho honorario.
5.
¿PARA EVITAR LA INJUSTICIA QUE SE OTORGABA? PAGINA 191
PARRAFO 2
El pretor otorgaba
una excepción al adquiriente, la exceptio rei venditae el traditae
6.
¿CUÁNDO EXISTE LA COPROPIEDAD? PAGINA 191
PARRAFO 7. Existe cuando varias personas son titulares del derecho
de propiedad sobre el mismo objeto
7. ¿CÓMO FUERON
CLASIFICADOS LOS MODOS ADQUISITIVOS DE LA PROPIEDAD? PAGINA 192
PARRAFO 3. Fueron clasificados por el derecho romano en modos adquisitivos del modo civil y
modos adquisitivos del derecho
natural.
8.
¿CUÁLES SON LOS MÉTODOS ADQUISITIVOS DEL DERECHO CIVIL? PAGINA 192
PARRAFO 4. 1. El mancipatio. Era un negocio solemne
usado por los ciudadanos romanos en la trasmisión de la res mancipi y se efectuaba
por medio del cobre y la balanza. 2. La in iure cesio es un modo adquisitivo que debía llevarse
a cabo frente al tribuna. Este es un proceso ficticio en el cual el actor
adquiere comparecencia ante el magistrado. 3. La
usucapio la adquisición de la propiedad por la posesión continuada
durante el tiempo señalado por la ley. 4. La adiudicatio. Atribuir a cada uno de
los litigantes la parte que les correspondía. 5. La lex. Bajo esta denominación el derecho civil incluyo todos
aquellos casos en los que se adquiriría la propiedad por solo efecto de la ley.
27 GUZMAN SAMPAYO PATRICIO
28 HERNANDEZ RAMIREZ ISRAEL
29 HERNANDEZ NERI DANIEL
1.- Definición de matrimonio subsiguiente y época en que se dió?R.-
El matrimonio subsiguiente de los padres, en cuyo caso, para que el hijo pudiese ser legitimado, tenía que ser hijo de padres que pudieran contraer legítimo matrimonio, siendo común que relaciones de carácter marital que quedaban bajo la figura del concubinato se convirtieran en iustae nuptiae. Ésta circunstancia se dio desde la época del Emperador Justiniano. (Página 117, 2° párrafo).
2.- Cual es la obligación a la curia y en que reinado se creó?R
.- Consistía en que el padre que deseaba legitimar un hijo nacido fuera del matrimonio, lo ofreciera en la curia de su pueblo natal para desempeñar el cargo de decurión, si se trataba de una hija, casándola con uno de ellos.Éste procedimiento de legitimación se creó en el reinado de Teodosio II y Valentiniano III (Página 117, 5° y 6° párrafos).
3.- En que consistió el Rescripto del Emperador?R.-
En éste caso el padre natural debía solicitar la legitimación al emperador, el cual podía concederla o no. El padre podía hacer ésta solicitud incluso en su testamento, para dejar al hijo como heredero, situación que sólo sería válida en caso de no existir hijos legítimos. (Página 117, 8° párrafo)
4.- Mencione otras uniones de carácter marital?R.-
Independientemente de las iustae nuptiae, el Derecho romano reconoció otras uniones maritales, con características distintas pero igualmente lícitas, con consecuencias inferiores a las que producía el iustum matrimonium, siendo las siguientes:
1. El concubinato, 2.- El contubernio, 3.- El matrimonio sine connubio (Página 118, último párrafo y página 119, primer párrafo).
5
.- Qué es el concubinato y forma en que se da?R.-
Unión marital de orden inferior al iustum matrimonium, de carácter monogámico, reconocido por la ley, siendo diferente de cualquier relación pasajera, la cuas cuales se consideraban ilícitas. Se podía tener sólo una concubina. Los hijos nacían sui iuris. Éste tipo de unión fue frecuente entre el ciudadano romano y una mujer de provincia. (Página 119, 2°,5° y 6° párrafos)
6.- Qué es el contubernio?R.-
Se le llamó así a la unión de carácter marital entre esclavos o entre libre y un esclavo; sin consecuencias jurídicas y los hijos de tal unión seguían la condición de la madre, es decir con parentesco natural llamado cognatio servilis. (Página 120, primer párrafo)
7.- Qué es el matrimonio sine connubio y forma en que se da?R
.- Unión marital que se celebra entre personas que por alguna razón no gozaban el conubium, o al menos, una persona no gozaba de él. (Página 120, 3° y 4° párrafos)
8.- Que es la Manus?R.-
El usus es el método más antiguo para establecer ésta figura y se establecía por el transcurso del tiempo. La Manus es la autoridad que se tiene sobre una mujer casada, la cual es ejercida por el marido, pero si éste es una persona alieni iuris, la ejercerá la persona que tiene la patria potestad sobre él, es decir, su padre. (Página 120, último párrafo y página 121 2° párrafo)
9.- Qué es el Mancipium?R.-
Es una figura del Derecho civil, consistente en que la autoridad que puede ejercer un hombre libre sobre otra persona también libre. Todo paterfamilias podía dar en Mancipium a los hijos que estuviesen bajo su autoridad o bien a la mujer in manu. (Página 122, 6° párrafo y página 123, 2° párrafo)
30 HERRERA SILVA DAVID HUMBERTO
1.- ¿cuáles son las cuatro
clases de divorcio que existen cuando Justiniano sube al trono?R=
Divorcio por mutuo consentimiento, divorcio por culpa de uno de los conyugues,
divorcio por declaración unilateral y divorcio bona gratia.Páginas 112 y 113 (están
enumerados los divorcios del 1 al 4)
2.- ¿Qué es la adrogación?
R= Es la
forma más antigua de adoptar.Página 114, tercer párrafo (inciso (a)
3.- ¿Qué es la legitimación? R= Es el
procedimiento para establecer la patria potestad sobre los hijos nacidos fuera
del matrimonio. Página 116, sexto párrafo.
31 ISLAS SALGADO RAMON JOSEP
32 JIMENEZ CARDONA JOSE ANTONIO
1.-
¿Cuáles son las características de las acciones reales y personales?Respuesta=
Las acciones reales protegían a los derechos reales, o sea los que autorizan
nuestra conducta sobre una cosa, ejemplo la acción reivindicadora que protege
al derecho de propiedad.Pág.
172 párrafo 4
2.-
¿Cómo se originaba la relación entre un deudor y un acreedor?Respuesta=
desde que un juez le imponía a un litigante la obligación de pagar una cantidad
a otro.Pág.
175 párrafo 3
3.-
¿Qué son las acciones penales?Respuesta=
son las que derivan de un delito por ejemplo la actio furti que se da contra el
ladrón a favor de la víctima.Pág.
175 párrafo 4
4.-
¿Cuáles son las características de las acciones penales?Respuesta=
Eran acumulativas o sea que tienen dos significados por un lado quiere decir
que la acción penal se acumulaba a la acción reipersecutoria. La víctima del
robo podía ejercer a la vez la acción reivindicadora y la actio furti. Por
ejemplo significa que si el delito era cometido por varias personas, cada uno
de los delincuentes debí a pagar la multa completa. Pág.
177 párrafo 4
5
¿Cuáles son las acciones de derecho estricto?Respuesta=
son aquellas donde un juez al emitir su decisión debía atenerse a los términos
planteados en el proceso, sin tener facultad para tomar en cuenta otras
circunstancias.Pág.
177 párrafo 5
6.-
¿Cuáles son las acciones de buena fe?Respuesta=
eran en donde el juez estaba plenamente facultado para investigar e
interpretar.Pág.181
párrafo 4
7.-
¿Dentro del derecho Romano cuales eran las cosas que si podían ser susceptibles
de apropiación por un particular?Respuesta=
eran aquellas que estaban dentro del comercio ( res in commercium)Pág.
182 párrafo 1
8.-
¿Cuáles son las res comunes?Respuesta=
son aquellas cuyo uso es común a todos los hombres, como el aire, el agua, el
mar, la costa del mar.Pág.
182 párrafo 1
9.-
¿Cuáles son las res publicae?Respuesta=
son las que pertenecen al pueblo romano considerado como un ente jurídico, como
las carreteras, los puertos, los edificios públicos y las calles de la ciudad.Pág.
183 párrafo 3
10.-
¿Cuáles son las cosas corporales e incorporables?Respuesta=
las corporales son las cosas que pueden apreciarse con los sentidos que son
tangibles, que pueden ser tocadas; Son
incorporales las cosas no tangibles, como un derecho o una herencia.
33 KIN ALAMILLA JOSE ENRIQUE
34 LOPEZ GARCIA HECTOR
35 LUNA SANDOVAL LIZETH YURITH
36 MACIAS SANCHEZ MARGARITA
37 MANRIQUEZ SOLANO MARIA ANTONIETA
38 MARTINEZ RAMIREZ JUAN ANTONIO. 1. ¿Qué llevo a los juristas a pasar por alto el tiempo de estudio del derecho romano
en las escuelas y facultades? A que algunos estudios han desvirtuado la naturaleza
del mismo, tiene el concepto de que es una especie de historia que se trata de una
relación cronológica
2. ¿Cuál es la historia del derecho que estudia IHERING? Es la manifestación de la
cultura que se conformó con el paso de los siglos
3. ¿Qué fue lo que influyo en la época de la república para el engrandecimiento de
roma y de sus instituciones jurídicas? Fueron el respeto a la ley y el temor a la
fuerza
4. ¿Qué finalidad tiene la obra de IHERING? De poner en evidencia la lógica rigurosa
con que tales hechos y acciones fueron regulados por el derecho
5. ¿Ante la falta de que no hubo más que tomar como obligatorio aquello que era
conocido o estaba a la mano como la costumbre?a falta de un legislador que con
autoridad moral y material impusiera principios de observancia general
6. ¿Qué llevo a los pueblos griegos y romanos a recurrir a la violencia y a la
costumbre como medio para resolver diferendos? La falta de principios que
normaran la conducta de sus miembros de sus relaciones entre sí y con autoridad
en manifestación de monarcas
7. ¿Quiénes fueron llamados a asumir el papel de autoridad o a legislar y organizar a
ciertas sociedades? Fueron líderes militares o religiosos con fama de prudentes y
religiosos
39 MEDINA FLORES SANDRA
1.- ¿En
qué consiste el procedimiento Formulario’ Se fincaba sobre la base de documentos, los
cuales deberían ser elaborados por un magistrado o bien bajo su control.
Precisamente el pretor peregrino implantó un
nuevo sistema para impartir justicia, sistema que en un principio fue la
excepción, ya que sólo se usaba en los juicios llevados en su tribunal, después
se convirtió en la regla y se aplicó en todas las controversias también por el
pretor urbano.(Página 162; párrafo 3).
2.- ¿En
qué consistía la participación del pretor peregrino dentro del procedimiento
formulario?El pretor peregrino ayudaba a los litigantes
a redactar un pequeño texto, llamado fórmula en el cual se reunían los
antecedentes y pretensiones de las partes, y que serviría para que el juez
tuviese una visión completa del problema existente. El pretor poco a poco fue creando modelos de
textos apropiados a los diversos tipos de juicio, modelos que daba a conocer al
iniciarse en su cargo como funcionario. (Página 163; párrafo 2 y 3).
3.- Explica
todos los pasos de la fase in iure.La fase In iure, en la cual se redactaba y
aceptaba la fórmula y la fase apud iudicem, que se desarrollaba ante el juez. A. Fase In
Iure a. La Fórmula: Es mediante la aceptación de este documento
redactado por las partes que se le confiere al juez la facultad de poder
condenar o absolver al demandado. En toda fórmula lo primero que aparece es la
designación del juez que se hará cargo del litigio. Toda fórmula contenía 4
partes: a) La demonstratio,
consiste
en una exposición de los hechos y señala la causa por la cual se lleva a cabo
el litigio. b) La
intentio,
se indica la pretensión del demandante o actor, esto es, la cuestión misma en
que se basa el proceso. c) La
intentio,
puede ser certa o incerta; será certa cuando el objeto
del litigio esté perfectamente determinado, incerta, cuando éste es
indeterminado y su determinación se deja a criterio del juez. Esta es la parte más importante de la
Fórmula. d) En la
condemnatio, la fórmula le confiere al jueznla facultad de absolver o
condenar al demandado. La audiudicatiu, faculta
a dicho juez a adjudicar total o parcialmente el objeto del litigio, esta parte
de la fórmula sólo existirá en aquellos casos en los que se ejerce una acción
divisoria. Además toda Fórmula contiene una serie de
aclaraciones que permiten al magistrado adaptar los términos de aquella a las exigencias
del actor y del demandado: las exceptiones y las praescriptiones. Las exceptiones
se colocaban a continuación de la intentio, el juez sólo podría condenar al
demandado si la intentio es justificada y si la excepción no lo está; si el
demandado prueba su excepción debe ser forzosamente absuelto o una disminución
en la condena. Las praescriptiones,
eran partes que precedían a la demonstratio y en ocasiones la reemplazaban,
unas veces en interés del demandante ex parte actoris y otras en interés del
demandado ex parte rei. Las primeras tenían por objeto limitar y precisar la
demanda y las segundas eran sólo una excepción por el lugar donde eran
insertadas en la fórmula. La litis
contestatio, es el último acto llevado ante el magistrado, con él se
termina la primera fase del procedimiento, es la piedra angular de lproceso. (Página 163; párrafo 4, 5, 6,
7, 8 y 9; página 164; párrafo 1, 2, 3, 4, y 8; página 165; párrafo 1 y 2).
4.- Explica
en qué consiste la fase apud iudicem. Es la segunda fase del proceso, que se
desarrolla ante un juez. El juez se basa primero en la fórmula, en las pruebas
y alegatos de las partes. Se aportan documentos como medios probatorios. La
sentencia sólo puede contener la absolución o la condena del demandado. El juez
no tiene derecho a corregir el error cometido por las partes al exponer sus
pretensiones en la fórmula. Con la sentencia se termina la fase apud iudicem y el juez deberá dictarla siempre
públicamente y en voz alta; para su ejecución habrá que dirigirse nuevamente al
magistrado. Por ser solo el quien goza del imperio. (Página 166; párrafo 2, 3;
página 167, párrafo 3).
40 MEDRANO SILVA JORGE ANTONIO
41 MELCHOR MORENO ANA IVONNE UNIDAD
VI. DERECHOS
REALES
1.-
Mencione la definición de Derecho Real. Es un
derecho oponible a cualquier tercero, que faculta a su titular para que saque
provecho de una cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho (en cuyo caso
hablamos de derecho de propiedad) o en forma reducida, como sucede con los
diversos “desmembramientos de la propiedad” (en cuyo caso hablamos de iura in re
aliena, como por ejemplo, el derecho de hipoteca o el usufructo).
2.-
Mencione cuales son los Derechos Reales Se
clasifican en derechos reales de propiedad (quiritaria o bonitaria) y de iura
in re aliena (de goce o de garantía).
3.- Diga
la diferencia entre Derecho Real y Derecho Personal El derecho
real se aplica sobre las cosas, el personal se aplica sobre las persona; en el
primero uno reclama lo que le pertenece, mientras que en segundo se exige lo
que otra persona le debe.
4.- ¿Qué
es la Posesión? La palabra
possidere, de donde possessio se deriva, contiene a su vez la palabra sedere o
sentarse, sentarse o asentarse en una cosa, de ahí− la definición de posesión
como el poder de hecho que una persona ejerce sobre una
cosa, con la intención de retenerla y disponer de ella como si fuera
propietario.
5.- ¿En
qué consiste la protección de la Posesión?El
poseedor cuenta con los interdictos para demandar el reconocimiento o
protección de su posesión frente al despojo.
6.- Diga
que es la Propiedad.
Es el
derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que está pueda
proporcionar.
7.- Mencione
los tipos de propiedad. Propiedad
Quiritariay Propiedad
Bonitaria
8.- ¿En
qué consisten los modos originarios de adquirir la propiedad? a) La traditio.-
Una
de las acepciones de la palabra tradición -traditio- es la de
“entregar”, y este modo adquisitivo de la propiedad se realizaba precisamente
mediante la entrega de una cosa, aunada a la intención de trasmitir y adquirir. b) La
ocupación.- Adquirimos por ocupación, esto es apropiándolas, aquellas
cosas que están en el comercio y que carecen de dueño, bien porque nunca lo
tuvieron -res nullius-, o porque su dueño las abandono -res derelictae-. c) La accesión.- Hay
ascensión cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable, en cuyo caso
será dueño del conjunto el dueño de la cosa principal, la adquisición es definitiva,
aunque indemnizando al propietario de la cosa accesoria (unión de una cosa
mueble a otra cosa mueble, unión de cosa mueble a cosa inmueble, unión de una cosa inmueble a otra cosa inmueble).
9.- Diga
en qué consiste la defensa de la propiedad quiritaria y bonitaria. La
protección procesal de la propiedad quiritaria se lograba a través de la acción
reivindicatoria (reivindicatio), que era una acción real que tenía−a el
propietario en contra de cualquier tercero, para pedir que se le reconociera su
derecho y, en su caso, que se le retribuyera el objeto; en el caso de la
propiedad bonitaria, para evitar una injusticia, el pretor otorgaba una
excepción al adquiriente, la exceptio rei venditae et traditae,
que paralizaba los efectos de la acción reivindicatoria.
10.- ¿Qué
es una servidumbre real y cuando se extingue? Las
servidumbres son derechos reales de goce limitados en su contenido, y se pueden
constituir para aumentar el valor de un inmueble o sólo con miras a favorecer a
un sujeto determinado; se extinguen: 1) Por la pérdida
de cualquiera de los inmuebles. 2) Por
confusión o consolidación; (que se reunieran en la misma persona la titularidad
del derecho de propiedad y de la servidumbre). 3) Por
renuncia del titular. 4) Por el no
uso.
11.- Diga
qué es la defensa de las servidumbres reales.Es la actio
confessoria, creada a imagen de la Reivindicatio.
12.- Diga
qué es la servidumbre personal.Es un
derecho de goce, real, en beneficio de una persona, sobre bienes pertenecientes
a otra (el derecho de usar y disfrutar una cosa ajena). Hay cuatro
formas de servidumbres personales: 1.-
Usufructo (no
consumible sea mueble o inmueble, sin otra limitación que la de conservarla en
el mismo estado en que se encuentra al momento de construirse el usufructo). 2.- Uso (en la
medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios de usuario). 3.-
Derecho de habitación (se concreta a la utilización de una
habitación específica). 4.- Operae
servforum (una
persona se podía beneficiar de los servicios de un esclavo ajeno, bien fuese de
forma directa a alquilándolo a su vez)
42 MENDOZA PEREZ VICTOR MANUEL
43 MORENO CHAVARRIA RICARDO
44 MUÑOZ AGUILAR VLADIMIR
45 NAMBO SALAZAR JOSE LUIS
46 NUÑEZ SANCHEZ DANIEL
¿Cuáles son las fuentes de patria potestad?A) El
matrimonio.B) La
adopción.C) La
legitimación.Respuesta página 105, párrafo 5.
Explica la fuente del matrimonio.Se llama iustae nuptiae o iustum matrimonium a la unión conyugal monogámica llevada a cabo de
conformidad con las reglas del derecho civil romano. Respuesta página 105, párrafo 6.
¿Cuáles son las condiciones de validez para la
celebración del matrimonio?1.-
Pubertad de los futuros esposos.2.-
Consentimiento de los esposos.3.-
Consentimiento del jefe de familia.4.-
Cunubium.Respuesta página 107, párrafo 6.
¿Cómo se define la pubertad de los futuros esposos? Se define
como la edad en la cual las facultades físicas de ambos cónyuges estén suficientemente
desarrolladas como para que les permita realizar el fin del matrimonio; esto
es, la procreación de los hijos.Respuesta página 107, párrafo 7.
¿En qué edad se fija la pubertad?La pubertad se fija en los
12 años para la mujer y en 14 para el varón.Respuesta página 107, párrafo 8.
Define el consentimiento de los esposos.
Las
personas que van a contraer matrimonio debe expresar libremente su
consentimiento para llegar a realizar el matrimonio.Respuesta página 108, párrafo 2.
Define, consentimiento del jefe de familia.La persona
que se casa siendo sui iuris, no tiene la necesidad del consentimiento de
nadie. No ocurre así con los hijos bajo autoridad paternal, los cuales deben
contar con el consentimiento del paterfamilias.
Este consentimiento de los padres no estaba fundado en el interés de los
futuros cónyuges, sino única y exclusivamente en la autoridad familiar.Respuesta página 108, párrafo 3.
¿Qué es conubium?Es la
aptitud legal para estar en posibilidad de contraer iustae nuptiae. Gozarán de
este privilegio todos los ciudadanos romanos, quedando exceptuados de él tanto
los peregrinos como los latini salvo los latini veteres, que si gozan de esta
prerrogativa.Respuesta página 108, párrafo 5
¿Cuáles son las causas por las cuales no podía llevarse a
cabo el matrimonio? a) Si
existía algún parentesco entre los futuros esposos. b) Estaba
prohibido el matrimonio entre patricios y plebeyos. c) La
unión entre hijos de los senadores con libertos. d) Entre
el alto funcionario de la provincia o sus hijos con una persona natural. e) Entre
el tutor o sus hijos con la pupila. f) El
curador y sus hijos con la persona sobre la cual se ejerce la curatela.g) Personas
con gran diferencia de situación social y économica.Respuesta página 108,109
47 OCHOA CISNEROS YOSHIAN KLAUS
48 OLMOS FUENTES CAROLINA POSESIÓN
1.
¿De acuerdo con el derecho romano como
se puede describir la posesión?
R=Se
puede describir como el poder de hecho que una persona ejercía sobre una cosa. Pág. 202.
2.
¿Qué elementos eran necesarios reunir
para adquirir la posesión? R= Eran
dos elementos, uno de carácter objetivo llamado possidere corpore, para
abreviar, corpus, representado por el poder físico que la persona ejercía sobre
la cosa y el segundo de carácter subjetivo, llamado animus possidendi o
simplemente animus, que era la intención o voluntad del sujeto.Pág. 202
3.
¿Para que servían los interdictos que
protegían a la posesión?
R= Un
grupo servía para retener la posesión y otro para recuperarla.Pág. 202
4. ¿Cuáles son los tipos de posesión? R=·Poseedor
de buena o mala fe. ·Poseedor
por usucapión. · Posesión
interdictal. · Posesión
justa e injusta. · Posesión
natural. · Postliminio.Pág. 203
5.
¿En qué momento la posesión de hecho,
constituye un hecho natural que no tiene relevancia para el derecho ya que sólo
se adquirirá en función de naturaleza jurídica, como?
6.
¿Qué es el derecho de posesión? R = Es un
facultamiento de conducta, una autorización o sea la conducta facultada al
poseedor.Pág. 207 último párrafo
7.
¿Quién afirma que la posesión es sólo
una situación de hecho, aunque este protegida por el derecho y así pudiera
parecer que ella misma lo es?
R= Federico
Carlos von Savigny (Traité de la Possession en Droit romain) Pág. 208 cuarto párrafo
8.
¿Rodolfo von Ihering como define a la
posesión?R = Afirma
que la posesión por sí misma es un derecho.Pág. 208 último párrafo
9.
¿Cuáles son los dos elementos que
constituyen a la posesión? R = El
primero, de carácter objetivo, se llama corpus y es precisamente el control
poder físico que la persona ejerce sobre la cosa. El
segundo, tiene carácter subjetivo, se denomina animus passidendi o simplemente
animus, y consiste en la intención o voluntad del sujeto de poseer la cosa,
reteniéndola para sí, con exclusión a los demás.Pág. 209 segundo y tercer párrafo
10.
¿Qué personas no tenían el animus possidendi? R = Aquellas
personas que estuvieran autorizadas a actuar sobre las cosas en virtud de otro
derecho real o personal, que excluyera la posibilidad de que se convirtieran en
propietarios.Pág. 209 último párrafo
11.
¿Cuáles son las clases de posesión que
los romanos distinguieron? R = La
posesión justa e injusta y la posesión de buena fe y de mala fe.Pág. 210 segundo párrafo
12.
¿En qué momento la posesión es de buena
o de mala fe? R= Es de
buena fe cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión, y es de mala fe
cuando sabe que no lo tiene, como es el caso del ladrón.Pág. 210 tercer párrafo
13.
¿El poseedor de mala fe llega a
convertirse en propietario de la cosa?
R= No el
poseedor de mala fe jamás se convierte en propietario.Pág. 210 sexto párrafo
14.
¿Cuántos y cuáles son los grupos de
interdictos que sirven para proteger a la posesión? R= Existen
dos grupos, un grupo se ejerce ante la amenaza de despojo y son aquellos que
sirven para retener la posesión (interdicta retinandae possessionis). El otro
grupo se utiliza cuando el despojo ya se realizó, para pedir la restitución del
objeto, son los interdictos que sirven para recuperar la posesión (interdicta
recuperandae possessionis).Pág. 211 segundo párrafo
15.
¿A qué grupo de de interdictos pertenece
este grupo de interdictos: Interdicto unde vi, Interdicto de precario e
Interdicto de clandestina possessione?
R= Pertenecen al
grupo de Interdicta recuperandae possessionis.Pág. 212 tercer párrafo
49 ORTEGA ARANA FELIX OMAR
50 PAZ GARCIA MAYRA MALENI
Que aprendieron los romanos en sus luchas de partido?
R= a subordinar la religin y el inter�s pol�tico
Quienes deb�an servir al fin peculiar del pueblo romano?
R= todo aquel que existiera y pisar�el suelo romano
Que hacia la autoridad de la religi�n en Roma?
R= confirmar lo que el mismo estado quer�a
Personas que pon�an en juego varias instituciones?
R= pont�fices, los augures, faciales y los guardado res de libros sibilinos
Que hacia el colegio?
R= pod�a declarar nulo un acto Ejemplo. La lecci�n de un magistrado por alguna irregularidad
Que hac�an los faciales?
R= desidian las controversias internacionales
Que hac�an los pont�fices?
R= guardianes del derecho sagrado honrados influyentes, las condenas estaban a peladas por ellas,
estaban sujetas a la apelaci�n del pueblo.
Qui�nes ten�an que granjearse el amor del pueblo?
R= los pont�fices
Quien desconoci�a los sacerdotes?
R= Roma
Quienes eran personas eclesi�sticas?
R= callos, impulsaban al pueblo a concurrir a los prop�sitos del estado
Un matrimonio concluido con la consagraci�n, puede disolverse?
R= si por la diferencia de creencias
Que se hace al declarar la guerra?
R= los faciales agarran la rama sobre territorio enemigo
Que es flamenco da lista?
R= no podr�prestar juramento
Prestaba juramento de su cargo
51 PEDRAZA CASTILLO MARIA INES
52 PEÑA MARTINEZ ENRIQUE
53 PEREZ SALDAÑA JUVENTINO
54 RAMIREZ RAMIREZ LUIS ALBERTO
55 RAMIREZ PULIDO MARIA GUADALUPE. MODOS DE
ADQUISITIVOS DEL DERECHO
NATURAL. 1.-¿Cuales son
los modos de adquirir la
propiedad en el derecho Romano? a.- La traditio. b.-la
ocupación. c.-la accesión. d.-la
especificación. e.-la
confusión y conmixtión. f.- la praescriptio longi temporis. g.-la
adquisición de frutos. Pág
195 último párrafo.
2.-¿Qué
significa la traditio? Entrega de
las cosas pág. 196 primer
párrafo.
3.-¿Cómo se
da la adquisición
por ocupación? Se
da apropiándose de las cosas
que están en el
comercio y que carensen
de dueño ( porque nunca tuvieron dueño o
porque su dueño
los abandono) pág. 196 párrafo quinto.
4.-
¿ Da ejemplo de cosas que
no tienen dueño
res nullius?
a.- Los
animales salvajes ; la
caza y la
pesca.
b.-Las
cosas pertenecientes a el
enemigo en el momento de
iniciar la guerra.
c.-las
piedras preciosas encontradas
en el mar
o en las
orillas
d.-Las
islas que se
forman en el mar
y que
todavía no pertenece a nadie.
e.-El
tesoro, entendiendo por
este la suma
de dinero o los
objetos preciosos
escondidos por
tanto tiempo que
nadie recuerda quien era
su legítimo
propietario. Pag. 196 último párrafo y
197 primer párrafo.
5.-
¿La accesión se
da cuando? Una
cosa se adhiere a otra
de forma inesperada,
aquí el dueño será el que poseía
la cosa principal
y es de
forma definitiva, al propietario de
la cosa accesoria o
elaborada se le
indemnizaba. Pág. 197 párrafo
cuarto
6.-
¿ Cuales son las
condiciones de adquirir la propiedad de
la praescriptio
longi temporis ? a.- Solo
era para los ciudadanos
romanos
b.- Solo
sobre las cosas que
se podían tener l
propiedad quiritaria.
c.- Que
las propiedades estuvieran
en territorio Itálico. Pág
199, párrafo cuarto.
7.-
¿Cuáles eran los requisitos para la
praescriptio longi temporis?
Para
la prescripción de largo
tiempo el plazo para los que
estuvieran presentes
era de
10 años en los
ausentes era de
20 años, según
que el propietario y el
poseedor viviera o no en el
mismo lugar. Pág. 199 , párrafo sexto.
56 URIOSTEGUI URIOSTEGUI KARIME