jueves, 14 de mayo de 2015

Controversias de Derecho Romano

Verde: realizaron su cuestionario de sus seis páginas de la antología.
Rojo: sin realizar aportación en el cuestionario.
Amarillo: aportación de conntroversias aplicando su criterio jurídico, en el Derecho Romano.
NO.  NOMBRE:
1 AGUAYO GONZALEZ MARIA CRISTINA

2  AGUILAR PEREZ DANIEL EDUARDO

3  ALVAREZ PEREZ OCTAVIO ALAN
4  ALVAREZ MACIAS DAVID
5  ARENAS VALADEZ JOSE HECTOR
6  ARMENTA FUENTES MARIEL

7  BAENA JACOME MARINA ESTEFANIE. 
8  BARCENAS JAIME LAURA PATRICIA
9  CASTILLO MARTINEZ ESTEPHANIE PAMELA
10  CENDEJAS AGUILERA ANDREA
11 CHAVEZ ESPINOZA ANGEL ISRAEL

12 CRISTOBAL SANTIAGO ROSA MARIA
Rosa María Cristó1.-  Dentro de esta clasificación encontramos un grupo de acciones que Justiniano clasifico de acciónes mixtas, al explicar que tienen caracteristicas tanto de accciones reales como de acciones personales.
Nos referimos a las acciones divisorias, que son tres: la actio familiae herciscundae, para pedir  la división de la herencia  indivisa; la actio comuni dividundo, para pedir la división  de la cosa común en la copropiedad, y la actio finium regundorum, para pedir el deslinde de terrenos.  Pag. 174, párrafo  3.

2.- Las acciones penales mostraban unas características muy bien definidas y eran acumulativas; esto tiene dos signifidos: por un lado quiere decir que la acción penal se acumula a la acción  reipersecutoria: la víctima del robo podía ejercer a la vez la acción reivindicatoria a la actio furti; por el otro significa,  que si el delito era cometido por varias personas, cada uno de los delincuentes  debería pagar la multa completa. Pag. 175, Párrafo 3.

3.- servidumbre de prohibición de  levantar costrucciones. En Latín, servitus altius non  tollendi. Unos de los derechos reales sobre un cosa ajena ( iura in re aliena). Servidumbre urbana que prohibia al dueño del inmueble sirviente elevar su construcción, para no obstruir el aire, la luz y la vista del dominante. Cosas inmuebles y cosas muebles, servidumbre. Pag.  226. Párrafo 4

4.-  El antecedente de la efiteusis data de la epoca másmásremota del derecho romano, cuando el Estado daba en arrendamiento terrenos agricolas de su propiedad a perpetudad, figura que se conocio como ius in agro vegtigali; en el derecho posclasico surgio una figura analoga conn el nombre de ius emphyteuticum, termino de origen griego que significaba hacer plantaciónes. En el siglo V de nuestra era ammbas figuras se fucionarón para configurar un derecho real autónomo del grupo de derechos sobre una bal Santiago
13 CRUZ GONZALEZ LUIS ALFONSO
14 CRUZ AGUILAR KAREN BETHZAIN
15 DE LA CRUZ SOLANO JOSE IGNACIO
16 DE PAZ NATAREN VIRIDIANA CAROLINA
17 DIAZ CANCINO IRVIN ALEXANDER
18 DUARTE MARTINEZ VICTOR AUGUSTO
19 ENRIQUEZ REYNOSO KARINA
20 FUENTES HERNANDEZ JESSICA VICTORIA

21 GOMEZ GUTIERREZ GREGORIO

22  GONZALEZ HERNANDEZ VANESSA GEOVANELLY
23  GUERRERO BALDERAS JESUS

24 GUERRERO DOMINGUEZ DANIELA BEATRIZ
25  GUTIERREZ RIVAS BEATRIZ ANDREA
26  GUTIERREZ VIURQUIZ ANA CRISTINA. 
27  GUZMAN SAMPAYO PATRICIO
28  HERNANDEZ RAMIREZ ISRAEL
29  HERNANDEZ NERI DANIEL
CASOS CONCRETOS  DE DERECHO ROMANO
Con base en la  Antología de Derecho Romano,
Alumno: Daniel Hernández Neri

1.- Cual es la obligación a la curia?
R.- Consistía en que el padre que deseaba legitimar un hijo nacido fuera del matrimonio, lo ofreciera en la curia de su pueblo natal para desempeñar el cargo de decurión, si se trataba de una hija, casándola con uno de ellos.
Éste procedimiento de legitimación se creó en el reinado de Teodosio II y Valentiniano III   

Caso concreto.- No necesariamente se aplica de tal manera, sin embargo en lugares de provincia por las costumbres tan arraigadas que existen, quienes ejercen cierta autoridad son los llamados caciques, que regularmente tienen varios hijos fuera del matrimonio, y tanto los hijos legítimos como los que no lo son desempeñan cargos en los gobiernos municipales.  En cuestión de las hijas, aún se acostumbra dar la dote ante una eventual ruptura.  Sic.


2.- Mencione otras uniones de carácter marital?
R.- Independientemente de las iustae nuptiae, el Derecho romano reconoció otras uniones maritales, con características distintas pero igualmente lícitas, con consecuencias inferiores a las que producía el iustum matrimonium,  siendo las siguientes:
1. El concubinato,  2.- El contubernio,  3.- El matrimonio sine connubio    

Caso concreto.- En la actualidad, una pareja que no lleva a cabo el matrimonio convencional, convive conyugalmente se denomina igualmente concubinato; mismo que por obviedad no necesariamente atrae las obligaciones de ley en cuanto al cónyuge, pero si para con los hijos, ya que al quedar registrados como tales ante el Registro Civil, se adquieren los derechos y obligaciones normativos.

3.- Qué es el concubinato?
R.- Unión marital de orden inferior al iustum matrimonium, de carácter monogámico, reconocido por la ley, siendo diferente de cualquier relación pasajera, la cuas cuales se consideraban ilícitas. Se podía tener sólo una concubina.  Los hijos nacían sui iuris.  Éste tipo de unión fue frecuente entre el ciudadano romano y una mujer de provincia. 

Caso concreto.- Tal figura de unión aún es muy ejercida y con la creciente apertura de ideas en todos los estratos sociales, las parejas cada vez viven mas en concubinato o unión libre, sin que esto sea un impedimento para que sea en el papel de carácter monogámico, se adquieran derechos, obligaciones.  En lo particular considero que si podría considerarse pasajero porque no existe unión legal, lo cual deja pié al libertinaje de alguna de las partes.

4.- Qué es el matrimonio sine connubio
R.- Unión marital que se celebra entre personas que por alguna razón no gozaban el conubium, o al menos, una persona no gozaba de él.


Caso concreto.- Simple, en la actualidad para que ésta figura se dé, deben las partes gozar de soltería total, o contar con un año mínimo de haber sido divorciado y evitar situación legal contraria como poligamia.
30  HERRERA SILVA DAVID HUMBERTO

31  ISLAS SALGADO RAMON JOSEP
32  JIMENEZ CARDONA JOSE ANTONIO

33  KIN ALAMILLA JOSE ENRIQUE
34  LOPEZ GARCIA HECTOR
35  LUNA SANDOVAL LIZETH YURITH
36  MACIAS SANCHEZ MARGARITA
37  MANRIQUEZ SOLANO MARIA ANTONIETA
38  MARTINEZ RAMIREZ JUAN ANTONIO. 
39  MEDINA FLORES SANDRA
1.- ROMA: PROCEDIMIENTO FORMULARIO.
Fincar el procedimiento sobre la base de documentos elaborados por un magistrado o bajo su control.
Fase In Iure.- Aceptación del Documento.
Juez.- Facultad de absolver o condenar.

CONTROVERSIA ACTUAL.
Un trabajador es despedido injustificadamente, éste se presenta ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo donde recibe la asesoría y representación legal de un abogado quien se encarga de elaborar su demanda.

2.- ROMA: PRETOR PEREGRINO.
El pretor peregrino fue implantando un nuevo sistema para impartir justicia. Ayudaba a redactar un pequeño texto llamado Fórmula.

CONTROVERSIA ACTUAL.
Posterior a la elaboración de la demanda, ésta se presenta ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por tratarse de un caso local, por ejemplo:
Iliana Rodríguez Robledo Vs. Sanborn’s, S.A. de C.V.

3.- ROMA: CONDEMNATIO.
La Fórmula le confiere al Juez la facultad de absolver o condenar al demandado, la Fórmula entre otros contiene objeciones y aclaraciones, que permiten al magistrado deducir las excepciones mismas que tienen la fuerza para destruir totalmente la acción.

CONTROVERSIA ACTUAL.
Va un chofer conduciendo su vehículo para dirigirse a cierto lugar, de pronto cuando menos se da cuenta atropella a un peatón, quien demanda al chofer y exige el pago de gastos que se deriven de dicho accidente.

El Juez deberá valorar todos los elementos que se encuentran dentro del contexto de esta situación a fin de determinar la culpabilidad o inocencia del chofer. Por ejemplo: Estado de sobriedad, velocidad a la que conducía, estado en general relativo al buen funcionamiento de su auto (frenos).

Si fuera el caso que el atropellado se encontraba ebrio, no se fijó al cruzar la calle,  el semáforo estaba en verde, entonces existen los elementos para no concederle la razón.

4.- ROMA: LITIS CONTESTATIO.
No se admite modificación de las pretensiones, es decir, que no se puede litigar dos veces por el mismo asunto.

CONTROVERSIA ACTUAL.
Un trabajador que ha demandado el pago de su Finiquito y ya lo recibió. No puede volver a demandar nuevamente el pago de dicha prestación.
5.- ROMA: FASE APUD IUDICEM.
Corresponde a la 2ª. Fase del Proceso desarrollado ante un Juez, quien se basa en la Fórmula, pruebas y alegatos para poder determinar una resolución.

CONTROVERSIA ACTUAL.
Un trabajador sufre un accidente en el cumplimiento de sus labores y queda imposibilitado para continuar realizando sus funciones y demanda la pensión  por accidente de trabajo; deberá presentar documentos probatorios como por ejemplo: Exhibir Facturas de hospitalización, Dictámenes Médicos, Seguro de Gastos Médicos, Licencias por Incapacidad; elementos que deberán ser examinados por el Juez a fin de determinar su resolución.

6.- ROMA:  a) LA PLUS PETITIO RE COSA. b) PLUS PETITIO TEMPORE.
a) Se refiere a cuando alguien contraía una deuda digamos de 5,000 ases y sin embargo la parte que prestó los ases en la Fórmula le requería el pago de 10,000. b) Es cuando se reclama el pago antes del tiempo acordado.

CONTROVERSIA ACTUAL.
El Señor Salomón Barriga Hernández le prestó a la Señora Raquel Quezada Escorcia la cantidad de $10,000, quien por no pagar en tiempo y forma fue demandada  y la sentencia no le fue favorable.


En este caso, derivado de la sentencia, si alguien se sentía lesionado podía presentar un escrito de apelación, es decir, un Recurso.
40  MEDRANO SILVA JORGE ANTONIO
41  MELCHOR MORENO ANA IVONNE 
42  MENDOZA PEREZ VICTOR MANUEL
43  MORENO CHAVARRIA RICARDO
44  MUÑOZ AGUILAR VLADIMIR
45  NAMBO SALAZAR JOSE LUIS
46  NUÑEZ SANCHEZ DANIEL

47  OCHOA CISNEROS YOSHIAN KLAUS
48  OLMOS FUENTES CAROLINA 
49  ORTEGA ARANA FELIX OMAR
50  PAZ GARCIA MAYRA MALENI
DERECHO DE LA PROPIEDAD Propiedad Quiritaria Propiedad Bonitaria Supuesto 1: Un ciudadano Romano solicita la reivindicación, osea solicita se le reconozca su derecho y en su caso que se le restituyera el objeto. R= es la propiedad Quiritaria por ser un ciudadano romano el cual debe cumplir con los requisitos, de ser ciudadano romano; que la cosa estuviera en en el comercio si el objeto fuera inmueble, debía estar situado en suelo itálico y su transmisión debía hacerse por los medios solemnes del derecho civil. Supuesto 2: Un peregrino solicita la reivindicatoria de una propiedad Quiritaria. R= No se determina Quiritaria porque no cumple el requisito de ser ciudadano romano; sin embargo si puede solicitar la propiedad Bonitaria que pertenece al derecho honorario y fue creado para aquellos ciudadanos que no son romanos. 
51  PEDRAZA CASTILLO MARIA INES
52  PEÑA MARTINEZ ENRIQUE
53  PEREZ SALDAÑA JUVENTINO
54  RAMIREZ RAMIREZ LUIS ALBERTO
55  RAMIREZ PULIDO MARIA GUADALUPE. 
56  URIOSTEGUI URIOSTEGUI KARIME

martes, 12 de mayo de 2015

Guía del exámen total de Derecho Romano 30-mayo-2015

Fuentes de consulta para la elaboración de preguntas y respuestas.
Autor
Título del Libro
país 
Edición
Año
Editorial
MARGADANT GUILLERMO FLORIS
EL DERECHO PRIVADO ROMANO
México
2000
Porrúa
MORINEAU IDUARTE MARTA
DERECHO ROMANO
México
2000
OxfordUniversittyPress
MORINEAU IDUARTE MARTA
DICCIONARIOS JURÍDICOS TEMÁTICOS
MÉXICO
2ª EDICIÓN
VOLUMEN 6
2002
OxfordUniversittyPress
EUGENE PETIT
TRATADO ELEMENTAL DE DERECHO ROMANO
BUENOS AIRES ARGENTINA
II EDICION
    2006
EDITORIAL Valletta Ediciones
VON IHERING, RUDOLF
EL ESPIRITU DEL DER.  ROMANO
MEXICO D.F
PRIMERA
4 VOLUMEN
2001
BIBLIOTECA DE DERECHO ROMANO OXFORD UNIVERSITY PRESS
VON IHERING, RUDOLF
EL ESPÍRITU DEL DERECHO ROMANO
MADRID.
PRIMERA
1-VOLUMEN
2001
BIBLIOTECA DE DERECHO ROMANO OXFORD UNIVERSITY PRESS

Código: color rojo: nombre del alumno que no tiene derecho a estímulo en el segundo parcial
              color verde: nombre del alumno que tiene estímulo en el segundo examen pacial.
              color rosa: pregunta estructurada.
              color amarillo: respuesta a la pregunta.

NO.  NOMBRE:
1 AGUAYO GONZALEZ MARIA CRISTINA
1.-¿Que origino la caida del Poder Real y el decenvirato?
El principio de la nueva época, la introducción de la República. Pag. 47 1er párrafo. 
2.-¿Qué hecho marco la fundación de Roma?
La muerte dada por Rómulo a su hermano. pag. 47 1er párrafo. 
3.-Cualidades a la que hay que atribuirle al pueblo romano la perfectibilidad?
Intelectuales, su espíritu penetrante y analítico, su tacto práctico, la fuerza moral, la energía de la voluntad del pueblo romano. Pag. 47 3er párrafo. 
4.-¿Cuándo las reglas del derecho y las Instituciones Jurídicas tienen estabilidad?
Cuando las resoluciones de un hombre de carácter descansan en la fuerza y estabilidad. Pag. 48 1er párrafo.
5.-¿Qué se ha encontrado en la ciencia Jurídica romana? Un derecho sencillo y lógico. Pag. 49 2º párrafo.
6.-¿La tendencia conservadora del pueblo romano en qué se funda? Sobre una fuerza activa. Pag. 51 3er párrafo. 
7.-¿Qué cambios y contrastes grandiosos sufrió el pueblo romano en su historia?
El primero pertenece a la época de la formación de pueblo romano; el segundo el de los patricios y plebeyos y el tercero el del ius civilie y el del ius gentium. Pag. 51 4º párrafo.
8.-¿Qué produjo la exposición entre los plebeyos y los patricios?
La uniformidad y continuidad de progreso. Pag. 52 1er párrafo.
9.- ¿En el Derecho romano que ideas son opuestas?
La idea romana nacional y la idea cosmopolita. Pag. 52  2º párrafo.
10.-¿Qué Sistema de Gobierno prevaleció en Roma?
Fue un dualismo como hecho nacido de la fuerza. Pag. 52 3er párrafo.
2  AGUILAR PEREZ DANIEL EDUARDO
El antecedente de la hipoteca con qué relación lo encontramos? R= con el arrendamiento rustico; Pág. 221 párrafo 5.
En qué se diferencian la prenda de la hipoteca? R= prenda, la cosa se entrega al acreedor, la hipoteca  nada se entrega;Pág. 221 párrafo 7.
Como se constituye el derecho real? R= por contrato, testamento, por decisión judicial por la ley en forma directaPág.222 párrafo  1-4
En qué casos se extingue la prenda y la hipoteca? R=por extinción de deuda, por perdida de la cosa, por renuncia, por confusión, y por prescripción; Página 222 párrafo del 5 al 8.
Como se clasifica la servidumbre? R= en rustica y urbanaPágina 223 párrafo 2
3  ALVAREZ PEREZ OCTAVIO ALAN
4  ALVAREZ MACIAS DAVID
5  ARENAS VALADEZ JOSE HECTOR
6  ARMENTA FUENTES MARIEL
1.- ¿Para qué ese utilizó la acción de deslinde o actio finium regundorum?
R- Se utilizo para que se fijaran los límites o linderos de un predio rústico. (p.139, 1 párrafo)
2.-¿ Quienes tenían la acción de división de cosa común (actio communi dividundo)?
R- La tenían los copropietarios para pedir la división de la cosa en común. (p.139, 2 párrafo)
3.-¿Qué es la acción de ley por aprehensión corporal (legis actio per manus inectionem)? R-Es una de las dos acciones ejecutivas del procedimiento de acciones de la ley. . (p.139, 3 párrafo)
4.-¿ Para qué se aplicaba la ley por aprensión corporal (legis actio per manus inectionem)? R- Se aplicaba para ejecutar deudas reconocidas judicialmente o  de cuya existencia el deudor no hubiera hecho ninguna objeción. (p.139, 3 párrafo)
5.-¿ De donde viene el nombre de acción de ley por apuesta sacramental (legis actio sacramento)? R- Su nombre deriva de una apuesta en dinero (sacramentum) que las partes efectuaban cualquiera fuera el objeto de litigio. El vencido perdía la cantidad depositada, que adquiría el carácter de una pena, y en principio se entregaba al templo y después al físico. (p.140, 1 párrafo)
6.-Que es la acción de ley por emplazamiento o notificación (legis actio per condictionem) y que efecto tenia? R- Es una de las tres acción es declarativas del procedimiento de acciones de la ley. Su nombre deriva de la palabra latina condicere, que quiere decir notificar o emplazar. Se podía ejercer para reclamar una determinada suma de dinero o una cosa determinada, esto es, individualmente designada. (p.140, 2 párrafo)
7.- ¿Cuándo se ejercía la acción de la ley por petición de un juez o de un árbitro (legis actio per iudicis arbitrive postulationem)? R- Se podía ejercer en dos casos, en primer lugar en el caso de las accione divisorias y en segundo lugar en el caso de créditos resultantes de una estipulación. (p.140, 3 párrafo)
8.-Para que sirve la acción de ley por toma de prenda (legis actio per pignoris capionem)? R- Sirvió para reclamar créditos de carácter religioso, créditos que tuvieran que ver con los militares y créditos fiscales. (p.141, 1 párrafo)
9.- Que es la acción de partición de herencia (actio familia herciscundae)?
R-Es la acción para que los herederos pidieran la división de la herencia. (p.141, 2 párrafo)
10.- Que es la acción para completar la legitima (actio ad supplendam legitimam)?
R- Es la acción del heredero testamentario que hubiera recibido una cantidad menor que la porción legitima  que la ley le garantizaba, para pedir que esa cantidad fuera completada. (p.141, 3 párrafo)
11.-¿ Que es la acción publiciana (actio Publiciana in remR-La acción publiciana era una acción ficticia y así, el pretor en la formula respectiva ordenaba al juez condenar al demandado si se probaba fundada la acción de la actor, propietario bonitario, a quien debiera considerar propietario quiritario como si ya hubiera pasado el tiempo necesario para la usicapion. (p.141, 4 párrafo)
12.-¿ Que es la acción reivindicatoria (reivindicatio)? R- Es la acción real otorgada al propietario quiritario para defender su derecho frente a cualquier tercero. (p.142, 1 párrafo)
13.-¿ Que eran las acciones adyecticias (actiones adiectictiae qualitatis) y para que se utilizaban? R- Eran las mismas acciones nacidas de los negocios correspondientes, pero con una trasposición de sujetos en la formula, el hijo o el esclavo en la intentio y el padre en la condemnatio. Y se utilizaban para englobar diversas acciones contra el padre de familia, como responsable de los negocios administrados por sus hijos o esclavos. (p.142, 2 párrafo)
14.-¿ Que se hacía en las acciones arbitrarias (actiones arbitrariae)? R- Si se perseguía la restitución o exhibición  de una cosa y se debía ejercer una acción arbitraria, es decir, que contuviera una clausula arbitral   en la que el magistrado instruía  al juez para que antes de condenar al demandado le ordenara restituir o exhibir la cosa. (p.142, 3 párrafo)
15.-¿ A que se referían las acciones ciertas e inciertas (actiones certae y actiones insertae)? R- Las primeras se referían a alguna cosa o cantidad de dinero establecida en la demanda. En las segundas, el juez debería fijar en la sentencia la cantidad correspondiente. (p.142, 4 párrafo)
16.-¿ Que son las acciones civiles y acciones honorarias (actiones civiles y actiones honorariae)? R- Es la fuente creadora de la acción que podía ser el derecho civil o el derecho honorario. (p.143, 1 párrafo)
17.- Ejemplo de las  acciones honorarias ( actiones honorariae). R- Acciones adyecticias, accione de hecho, acciones ficticias, acciones útiles. (p.143, 1 párrafo)
18.- ¿Cuáles son las acciones de derecho estricto y acciones de buena fe (actiones stricti iuris y actiones bonae fidei)? R- En las primeras el juez, al emitir du fallo debía atenerse exactamente a los términos planteados en la formula; en la segundas, el juez tenía una mayor discrecionalidad. (p.143, 2 párrafo)
19.-¿ Que son las acciones de hecho (actiones in factum) ?
R- Son nuevas acciones creadas por el derecho honorario. (p.143, 3 párrafo)
20.-¿En qué consisten las acciones ficticias (actiones ficticiae)?
R- En ellas, el magistrado ordenaba al juez, en la formula respectiva, sustituir un derecho real por una ficción. (p.143, 4 párrafo)
21.- ¿En qué consisten las acciones perpetuas y acciones temporales (actiones perpetuae y actiones temporales)? R- Esta clase toma en cuenta el plazo que se tenía para ejercer la acción. Al principio las acciones perpetuas se identificaron con las acciones civiles y las temporales con las honorarias. (p.143, 5 párrafo)
7  BAENA JACOME MARINA ESTEFANIE. Cuestionario de la pagina 85 a la 90
1.      ¿acto por el cual el esclavo obtiene su libertad se llama?
R= manumisión. Párrafo  dos página 85
2.      ¿condiciones para que la manumisión surta todos sus efectos jurídicos son?R= que fuera con la voluntad del propietario y Que se efectuara de forma solemne.Párrafo dos página 85
3.      ¿Cuáles son las dos clases  de manumisión testamentaria?
R= manumisión  testamentaria directa y manumisión fideicomisaria
 Párrafo uno página 86 
4.      ¿Cual es la manumisión fideicomisaria?R= cuando el testador concede la libertad indirectamente al esclavo. Párrafo tres página 86
5.      ¿a que edad se prohíbe realizar la manumisión?
R=a un amo menos de 20 años. Párrafo uno página 87
6.      ¿Cuál es la clase manumitidos dediticios? R=serian aquellos esclavos que hubieran sufrido castigos por mal comportamiento y que el momento de obtener su libertad no podían ser otra cosa que peregrinos.Párrafo tres página 87
7.      ¿Qué es el colono?R= es aquella persona libre que cultiva una tierra que no le  pertenece, aunque esta logado a ella y no puede abandonarla.Párrafo tres página 88
8.      ¿ en que consistía el commercium?R=consistía en el derecho de adquirir y transmitir la propiedad. Párrafo cuatro pagina89
9.      ¿en lo que refiere al orden publico el ciudadano romano tenia el?
R= Ius suffragii  o derecho de votar el comicios y el Ius honorum o derecho de desepeñar cualquier función pública o religiosa. Párrafo cinco pagina89
10.   ¿como podía ser obtenida la ciudadanía con respecto al nacimiento?
R=por haber prestado un servicio extraordinario al estado, en este caso dicha ciudadanía debía ser confirmada por los comicios…… párrafo dos pagina 90
11.   ¿ como podía perderse la ciudadanía?R= debido al hecho de ser reducido a la esclavitud mediante sentencia por infringir alguna disposición legal o bien por disposición propia de hacerse ciudadano de otro país.Párrafo tres pagina 90
12.   Que son los peregrini?R=son habitantes de países que han celebrado tratados de alianza con Roma o que habiendo sido sometidos a ella se convirtieron posteriormente en provincias Romanas. Párrafo cinco pagina 90
13.   ¿Quiénes son los latini?R= eran  peregrini con un trato mas ventajoso que los propiamente extranjeros y en algunos aspectos se asimilaban a los ciudadanos.Párrafo seis pagina 90
14.   Cuantas clases de latini  exisitian?R=latini vetere, latini coloniarii y latini iuniani.Parrafo seis pagina 90 
8  BARCENAS JAIME LAURA PATRICIAPág. 208 -214
1.- ¿Qué corriente desarrolla y encabeza Federico Carlos von Savigny? (Traité de la Possession en Droit  romain) Afirma que la posesión es solo una situación de hecho, aunque este protegida por el derecho y así pudiera parecer que ella misma lo es. 2.- ¿Cuál es la postura que adopta Rodolfo vo Ihering? (La posesión) adopta la postura contraria al afirmar que la posesión por sí misma  es un derecho. 3.- ¿Cómo se constituye la posesión? Se constituye por la reunión de dos elementos:
 El primero  se llama corpus (de carácter objetivo) y es precisamente el controlo poder físico que la persona ejerce sobre la cosa. El segundo se denomina animus possidendi (de carácter subjetivo) consiste en la intención o voluntad del sujeto de poseer la cosa, reteniéndola para sí, con exclusión de los demás.
4.- ¿Para qué se creó la figura de la “quasi possessio o iuris possessio”? Porque en un principio la posesión solo podía referirse a cosas corporales, y más adelante se admitió la posesión de cosas incorporales (la posesión de derechos)
5.- ¿Cómo se podía adquirir el “corpus”?
Se podía adquirir a través de otra persona, como un hijo o un esclavo, o bien, por un representante.
6.-En el animus o intención de poseer, ¿Qué era necesario para adquirir la posesión?
Era necesaria la capacidad jurídica
7.-¿Qué personas no tenían el animus possidendi? Aquellas personas que estuvieran autorizadas a actuar sobre las cosas en virtud de otro derecho real o personal, que excluyera la posibilidad de que se convirtieran en propietarios.
8.- ¿Por qué se perdía la posesión?
Por la pérdida de cualquiera de sus elementos (el corpus o el animus), y forzosamente por la pérdida de ambos.
9.- ¿Cuáles son las clases de posesión? L a posesión justa: Cuando se adquiere sin perjudicar a un anterior poseedor, se quiere sin vicios (por eso también se le llama posesión no viciosa) La posesión injusta: Al adquirirla se daño a otro poseedor. También se le conoce como posesión viciosa cuando se adquiría violentamente (vi), clandestinamente (clam) o en virtud de un precario  (cuando el que tiene una cosa que se le había concedido en uso se negaba a devolverla)  Posesión de buena fe: Cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión. Posesión de mala fe: Cuando el poseedor sabe que no tiene derecho a la posesión (como en el caso del ladrón).
10.-Menciona las diferencias que había entre el poseedor de buena y el de mala fe.
El poseedor de buena fe  puede convertirse en propietario por usucapión se hace dueño de los frutos hasta el momento en que el verdadero dueño le reclame la cosa poseída  tiene derecho a los gastos necesarios y útiles que hubiera hecho para la conservación del objeto y puede retenerlo hasta que le sean pagados. El poseedor de mala fe   jamás se convierte en propietario   debe devolver todos los frutos solo tiene derecho a recuperar los gastos necesarios
11.- ¿Para qué cuenta el poseedor con los interdictos?
Para demandar el reconocimiento o protección de su posesión frente al despojo
12.- ¿Cuántos grupos de interdictos existen y cuáles son?A) Interdicto retinendae possessionis :  este grupo se utilizaban para retener la posesión.  Interdicto uti possidetis (pág. 211)  Interdicto utrubi (pág. 212) B)Interdicto recuperandae possessionis: sirve para recuperar la posesión. Interdicto unde vi (pág. 212)  Interdicto de precario (pág. 212)  Interdicto de clandestina (pág. 212)
13.- ¿Qué otro nombre reciben el grupo de B) Interdicto recuperandae possessionis?
Servían para recuperar la posesión y por lo tanto son interdictos restitutorios
14.- ¿Qué implican los derechos reales sobre la cosa ajena?
Implican que una persona tenga un derecho real sobre una cosa que pertenece a otro.
15.- ¿Cómo se clasifican los derechos reales sobre la cosa ajena? Derecho real de goce: Servidumbres, la enfiteusis y la superficie Derechos reales de garantía: Están representados por la prenda y la hipoteca
9  CASTILLO MARTINEZ ESTEPHANIE PAMELA
10  CENDEJAS AGUILERA ANDREA
11 CHAVEZ ESPINOZA ANGEL ISRAEL
1.- ¿Qué quiere decir   interdictum uti possidetis?Tal como poseéis.
2.- ¿Para qué servía?Para la conservación de cosas inmueble.
3.- ¿En virtud de un precario el magistrado le ordena devolver el inmueble, cómo operaba éste indicto? Como un interdicto restitutorio.
4.- ¿Para qué servían los interdictos para adquirir la posesión? Para pedir la posesión de cosas aún no poseídas.
5.- ¿Para qué servían los interdictos salvianum? Para pedir la posesión de la cosa hipotecada.
6.- ¿Para qué servía el interdictum quorum bonorum?Lo tenía el heredero pretorio para pedir la herencia.
7.- ¿Para qué servían los interdictos recuperandae possessionis?
Para recuperar la posesión, en favor de la persona desposeída.
8.- ¿Cuántos interdictos hay para la recuperación de la posesión? - interdicto de desposesión violenta. - interdicto de posesión clandestina. - interdicto de precario. - interdicto. - posesión
9.- ¿Para qué servía interdicta retinendae possessionis? Para retener la posesión.
10.-¿Cuántos interdictos hay para retener la posesión? - interdicto uti possidetis: para retener cosas inmuebles. -interdicto utrubi: para la conservación de cosas inmuebles.
11.- ¿ Cómo define Ultiano justicia?
Es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho.
12.- ¿A quién debe acudir para que reconozcan nuestro derecho de propiedad sobre una cosa que impide el goce del mismo? A los órganos encargados de administrar justicia
13.- ¿Cuáles eran las excepciones a este principio? En legítima defensa de una agresión actual o injustificada: -        La sospecha de la huida del deudor. -        La defensa de la posesión y de la propiedad, admitiendo que ha sido desposeído por la fuerza
-        El propietario de un fundo puede cortar las ramas de los árboles de un vecino que hay sobre su propio terreno.
14.- ¿En la época de Augusto qué medidas tomaban para condenar la justiciapor su propia mano? Quién recurriera a ella perdería el derecho que trataba de defender.
15.- ¿Son materia del Derecho Procesal? - El comportamiento de los litigantes frente al tribunal. - Los pasos que deben seguir para lograr una sentencia. - La organización judicial.
16.- ¿Entendido el proceso como la solución de una controversia el juez, el procedimiento, los pasos para llegar a la solución ; y la acción de acudir al tribunal para proclamar nuestro dercho a que rama se refiere? A la rama del Derecho de las Acciones.
17.- ¿El término de proceso y procedimiento qué calificativo le dieron) Como Procesal.
18.- ¿Según Celso como definió la palabra Acción? Para hacer referencia a la disciplina que nos ocupa como al “Derecho de perseguir judicialmente loi que deben a uno”.
19.-¿En latín como le llamaban a la pretensión del litigante que iniciaba el proceso o juicio?
Iudicium
20.- ¿En Roma la palabra acción que significados le dieron? - como nombre de una rama del Derecho. - para asignar al derecho de acudir a la autoridad judicial para pedir reconocimiento de un derecho o realización de uno previamente reconocido. - se designaba a la pretensión del actor en el juicio.
21.- ¿Para los romanos el derecho procesal como lo consideraban? Mientras hubiera acción había derecho.
22.- ¿Dónde se originó el derecho honorario? En el ámbito procesal.
23.- ¿Quién ejerce la acción? El que pide que se reconozca o declare un derecho , ejecute uno previamente reconocido, es el actor o demandante.
24.- ¿Quién desconoce ese derecho o no ha cumplido con su deber, que es el demandado los romanos como lo llamaban? Reus.
25.- ¿Quién es cognitor y quién lo nombraba? Era un representante nombrado solemnemente frente a la otra parte y ante un tribunal.
26.- ¿Quién es el procurator y quién lo nombra?Era un representante común y corriente nombrado probablemente a través de un mandato sin requerir la presencia del otro litigante.
27.- ¿Cómo explica Justiano que en principio solo las partes
28.- ¿Qué figuras actuaban en nombre de otros?El cognitor y el procurator
29.- ¿Por qué el derecho romano reprobó y sanciono a los litigantes temerarios?
Porque los litigantes temerarios interponían una acción o una excepción infundadas.
30.- ¿Qué medidas se establecieron?Que una defensa infundada podía acrecentar la condena y si los litigantes daban el juramento de obrar de buena fe y no lo daban, se les acusaba de perjuros.
31.- ¿Qué es la condena en costas? Que el perdedor pagará los gastos procesales.
32.- ¿Cuándo apareció la intervención del Estado y de la Organización Judicial con Tribunales y Jueces? No apareció en Roma, si no apareció hasta la República.
33.- ¿Quiénes fueron los magistrados jurisdiccionales más importantes?
Fueron los pretores: el urbano, por lo que toca a los ciudadanos y el peregrino.
34.- ¿Quiénes administraban justicia en los mercados? Los ediles curules con una jurisdicción limitada.
12 CRISTOBAL SANTIAGO ROSA MARIATEMA III FAMILIA.
1. ¿COMO SE FORMAVA LA FAMILIA EN ROMA?
R=SE DISGNAVA ALOS INDIVIDUOS UNIDOS POR LAZOS DE PARTENTESCO  PAG.100, PARRAFO 1
2. ¿COMO CONSERVAVA EL HIJO EL VINCULO AGNATICO?
R= A LOS QUE ESTABAN SOMETIDOS A LA MISMA PATRIA POTESTAD INCLUIA A LA MUJER PAG.100, PARRAFO 1
3. ¿COMO SE ESTABLECIA EL MATRIMONIO EN ROMA?
R= POR LA POTESTAD MARITAL
PAG.100, PARRAFO  1
4. ¿QUE ERA CONCIDERADO COMO PATRIMONIO DE LA FAMILIA?
R= LA MUJER, LOS HIJOS, Y LAS PROPIEDADES
PAG.100, PARRAFO 1
5.  ¿COMO ESTABA LIGADO EL PARENTESCO FAMILIAR EN ROMA?
R=MATRIMONIO, PATRIA POTESTAD, Y POTESTAD MARITAL
PAG.100, PARRAFO 2
5.  ¿HASTA QUE EDAD PODIA UN HOMBRE SER PATERFAMILIAS?
R= NO IMPLICABA LA EDAD PERO SI ERA PEQUEÑO REQUERIA UN TUTOR
PAG.101, CAP.I, PARRAFO 7
6.  ¿DE QUE FORMA ERA SOMETIDO UN INDIVIDUO DENTRO DE LA FAMILIA?
R= PUEDEN ESTAR SOMETIDOS A 3 AUTORIDADES.
  • LA AUTORIDAD PATERNAL O PATRIA POTESTAD
  • LA AUTORIDAD DEL MARIDO
  • LA AUTORIDAD DE UN HOMBRE LIBRE SOBRE OTRO HOMBRE LIBRE . PAG.101, PARRAFO 1
7.  ¿LA PATRIA POTESTAD PARA QUE FUE CREADA?
R= PARA PROTEGER LOS INTERESES DE LA FAMILIA
PAG.104, CAPITULO III PARRAFO 2
8.  ¿QUE DERECHO TENIA EL PATERFAMILIA SOBRE SU FAMILIA?
R= TENER DERECHO DE VIDA Y DE MUERTE
PAG.104, CAP. III, PARRAFO  3
9.   ¿QUIEN TENIA DERECHO DE LOS BIENES PATRIMONIALES?
R= TODO PERTENECIA AL JEFE DE FAMILIA PAG.104, CAP. III, PARRAFO  4
10.  ¿CUALES SON LAS FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD?
  • R=   MATRIMONIO
  •        ADOPCIÓN
  •        LEGITIMACIÓN. PAG.105, CAP. III, PARRAFO 7
11.  ¿CUAL ERA EL FIN CON LA UNION CONYUGAL?
R= LA PROCREACION DE HIJOS
PAG.105, CAP. III, PARRAFO 9
13 CRUZ GONZALEZ LUIS ALFONSO
14 CRUZ AGUILAR KAREN BETHZAIN
15 DE LA CRUZ SOLANO JOSE IGNACIO
16 DE PAZ NATAREN VIRIDIANA CAROLINA
17 DIAZ CANCINO IRVIN ALEXANDER
18 DUARTE MARTINEZ VICTOR AUGUSTO
19 ENRIQUEZ REYNOSO KARINA "olvido escribir párrafo y página"
CUALES SON LOS SISTEMAS DE PROCEDIMIENTO?
1.- Sistema de acción de Ley 2.- sistema de procedimiento fue el formulario  3.-el ultimo sistema fue el del procedimiento extraordinario o extraordinaria cognitio
CUALES SON  LAS ACCIONES DE LEY: 3  Acciones Declarativas. *la acciones de ley por apuesta *las acciones de ley por por petición de un juez o un arbitro *las acciones de ley por requerimiento, 2 Ejecutivas: *la de aprehensión corporal- manus iniectio. *y la de toma de prenda o embargo pignris-capio
LA FASE APUD IUDICEM EN QUE SE BASA? Se desarrollava ante el juez quien para dictar sentencia debía  basarse en lo    ocurrido en la fase anterior, examinaba las pruebas aportadas por los litigantes, oiría los alegatos y     pondría fin al proceso al decidir quien ganaba o perdia
LA LEY POR REQUERIMIENTO POR QUE FUE CREADA. Para la recuperación de aquellos créditos referentes a una determinada suma de dinero o una cosa determinada, o sea una cosa individualmente designada
LA LEY DE APREHENSION CORPORAL QUE SIGNIFICA? Donde el acreedor prende a su deudor y si este no satisface su obligación en un cierto plazo. El primero podría venderlo como esclavo  
20 FUENTES HERNANDEZ JESSICA VICTORIA
¿Que son las acciones Prejudiciales? Pág. 144 párrafo dosLa acción era decidir una cuestión previa que daría lugar a un ulterior litigio
¿Cuál es la diferencia entre acciones Privadas y Populares? Pág. 144 párrafo tres. Privada era cuando el particular actuaba actuaba en defensa personal, familiar o su patrimonio. y Popular se actuaba en defensa del interés público
¿Diferencia entre acciones Reales y Personales? Pág. 144 párrafo cuarto. Acciones reales servían para defender derechos reales y Acciones personales servían para defender derechos personales
¿En qué consisten las acciones Reipersecutorias, Penales y Mixtas? Pág. 145 párrafo segundo.
1. Reipersecutorias- Se defendía la propiedad.2. Penales- Perseguía la multa privada, (impuesto a delitos privados). 3. Mixtas­­-Perseguía ambas cosas a la vez, logrando una indemnización
¿Cuáles son los tres periodos del imperio romano? Pág. 147 párrafo único
Primero Monarquía, Segundo Republica y Tercero el Imperio.
¿Qué es el interdicto? Pág. 148 párrafo únicoEs una orden del magistrado, generalmente pretor, a petición de un particular y dirigida a otro, ordenándole o prohibiéndole determinada conducta.
¿Mencione interdictos? Pág. 149 párrafo, dos, tres y cuatro1. Interdicto de Posesión clandestina.- Se daba contra la desposesión maliciosa y oculta de un inmueble.2. Interdicto de precario.- restitutorio, otorgado por el magistrado para pedir la restitución de una cosa mueble o inmueble.Interdicto de desposesión violenta.-3. restitutorio servía en los casos en que se era desposeído por la fuerza, violentamente.
21 GOMEZ GUTIERREZ GREGORIO
 1._ ¿COMO ERA LA SITUACION DE LA PERSONA MANCIPADA?. ERA SEMAJANTE ALA DEL ESCLAVO  ESTABA SOMETIDA A LA AUTORIDAD DE QUIEN EJERCIA EL MANCIPIUM PUDIENDOSE LIBERAR DE POR MEDIO DE LA MANUMISION DESPUES DE HABER CUBIERTO LA DEUDA.     
2._ ¿CUAL ES LA DIFERENCIA BASICA QUE EXISTIA ENTRE UN ESCLAVO Y UNA PERSONA DADA EN MANCIPIUM?. ERA EL QUE NO PERDIA LA LIBERTAD  Y SEGUIRIA SIENDO INGENUA , ASI COMO TAMBIEN ESTARIA SIEMPRE EN POSESION DE LA CIUDADANIA.
3._ ¿QUE ES LA CURATELA?. FUE UNA INSTITUCION  DE PROTECCION  Y REPRESENTACION DE INCAPACES. TENIAN CURADOR , PARA AUXILIARLOS EN LA REALIZACION  DE ACTOS JURIDICOS , LOS LOCOS, LOS MENORES DE 25 AŇOS Y LOS PRODIGOS
4._ ¿CUANDO SE CONOCE COMO DATIVA LA CUARTELA DE LOS DEMENTES? . CUANDO EL CURADOR ERA NOMBRADO POR UNA AUTORIDAD LEGITIMA, ESTABLECIDA POR LA LEY Y QUE RECAIA EN EL P8ARIENTE MASCULINO MAS CERCANO, Y TESTAMENTARIA, CUANDO EL PADRENOMBRABA AL CURADOR  EN SU TESTAMENTO , ACCION , GESTION DE NEGOCIOS
5._ ¿QUE ES LA TUTELA?.   ES LA INSTITUCION  Y REPRESENTACION DE INCAPACES DE LOS IMPUBERES , PERSONAS NO SUJETAS A LA PATRIA POTESTAD, PARA PROTEGER A QUIEN POR RAZON DE SU EDAD NO PUEDE DEFENDERSE POR SI MISMO.
6._ ¿QUE ES LA TUTELA DATIVA?.  ES CUANDO EL TUTOR ERA DESIGNADO POR EL MAGISTRADO ,EN ROMA, POR EL Y  PRETOR URBANO , EN LAS PROVINCIAS POR EL GOBERNADOR.
7._ ¿QUE ES LA TUTELA LEGITIMA?. CUANDO LA TUTELA EN LA QUE LA DESIGNACION DE TUTOR FUE ESTABLESIDA POR LA LEY  QUE SI EL PADRE EN SU TESTAMENTO  NO HABIA DESIGNADO TUTOR PARA EL HIJO  QUE SE COMBERTIRIA A LA MUERTE ,LA TUTELA RECAERIA EN EL PARIENTE AGRIADO MAS CERCANO .
8._ ¿COMO ES LA TUTELA PERPETUA DE LA MUJER?.  ES LA  PROTECCION DADA A LA MUJER, LA PRINCIPAL FUNCION DEL TUTOR ERA DAR SU AUTORIZACION A  LOS NEGOCIOS MAS IMPORTANTES REALIZADOS POR LA MUJER COMO LA ACEPTACION DE UNA HERENCIA, LA CONFECCION DE UN TESTAMENTO, LA MANUMICION DE ESCLAVOS ASUMIR OBLIGACIONES Y EFECTUAR VENTAS  .
9._   ¿QUE ES LA TUTELA TESTAMENTARIA?. ES LA DESIGNACION  DEL TUTOR HECHA POR EL TESTADOR EN SU ULTIMO TESTAMENTO.
10._ ¿HASTA QUE EPOCA PERDURO  LA TUTELA DE LA MUJER?. EN LA EPOCA DIOCLECIANO.   
22  GONZALEZ HERNANDEZ VANESSA GEOVANELLY
23  GUERRERO BALDERAS JESUS
cómo las instituciones religiosas se plegaban a los romanos la opinión de que las instituciones religiosas y los dioses mismos eran instrumentos del imperio romano. Aunque fuera erróneo,  basarse en esta circunstancia para atribuir a los romanos la opinión de que las instituciones religiosas y los dioses mismos eran instrumentos del Estado Romano.
Si esta acción instintiva del espíritu romano se manifestaba en materia religiosa ¿Cuánto más poderosa no debió de ser en materia profana?.
El móvil universal es el egoísmo. La creación completa del mundo romano, con todas sus instituciones y todas las virtudes que en el se manifiestan, no son otra cosa que el egoísmo nacional objetivo u organizado.
Expliquémonos por medio de ejemplos. El egoísmo mezquino y de bajas miras atiende sólo a la utilidad particular, persiguiendo la necesidad que siente a costas del derecho, del honor y de la patria; de una manera que, generalizada, sería la más inoportuna del mundo. El ciudadano de Roma por el contrario, sabe que su bienestar personal tiene por condición el bien estar del Estado; por eso su egoísmo sólo atiende al Estado.
El carácter romano, con sus virtudes y defectos es pues el sistema del egoísmo organizado cuyo principio fundamental consiste en que los objetos secundarios deben sacrificarse al objeto final, ósea, el individuo al Estado, el caso particular a la regla abstracta y al momento transitorio a la duración de los tiempos.
Lo que ya hemos dicho con motivo de la esencia del espíritu romano explica la naturaleza y la causa de la vocación especial para la cultura del derecho. El derecho es la religión del egoísmo; en derecho la idea de la oportunidad objetiva puede y debe manifestarse, si no de un  modo absoluto, a lo menos en un grado elevado y precisamente en este sentido es como el espíritu romano comprendió y desarrolló el derecho.
No son el sentimiento moral ni justicia quienes reclaman esta disciplina moral, no me cansaré de repetirlo es únicamente la oportunidad. La verdadera justicia más que la igualdad mecánica, resultado de la tiranía de la regla muerta pide la igualdad verdadera intrínseca, que responde a la justicia y que no responde con el medio. El sentimiento moral independiente, no puede sufrir que se resuelva una cuestión de derecho que resuelva una cuestión de derecho con el mismo problema de aritmética y que el derecho se rebaje hasta un sentimiento.
CUESTIONARIO
1. ¿Qué eran la opinión de las instituciones religiosas y los dioses en Roma?
R= Instrumentos del Imperio Romano
2. ¿Cómo designas al mundo romanoR= Es el triunfo de la idea de la oportunidad?
3. ¿Cuál es el móvil universal?R= El egoísmo
4. ¿Qué atiende el egoísmo mezquino?R= Solo atiende a la utilidad particular
5. Menciona una característica del ciudadano romano
R= Sabe que su bienestar individual tiene por condición el bienestar del Estado
6. ¿Cuál es el principio fundamental del carácter romano?
R= Los objetos secundarios deben sacrificarse al objeto final individual del Estado
7. ¿Cuál es el punto culminante del derecho romano?R= El derecho
8. ¿Qué es la religión del egoísmo?R= El derecho
9. ¿Cuál es el objeto de la idea de la oportunidad?R= La regla abstracta
10. ¿Qué reclama la oportunidad?R= La disciplina moral
24 GUERRERO DOMINGUEZ DANIELA BEATRIZ
25  GUTIERREZ RIVAS BEATRIZ ANDREA
26  GUTIERREZ VIURQUIZ ANA CRISTINA. GUIA  DE LA PÁGINA 189 A LA 194
1.     ¿EL DERECHO ROMANO COMO REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD PRIVADA?
PAGINA 189 PARRAFO 2. Otorgándole facultades amplias al propietario y estableciendo limitaciones a esas facultades.
2.     ¿CUÁLES SON LAS DOS REGLAMENTACIONES DE LA PROPIEDAD QUE CONOCE EL DERECHO ROMANO? PAGINA 190 PARRAFO  1. La primera propiedad Quiritaria  y la establece el derecho civil. La segunda propiedad Bonitaria y la establece  el derecho honorario
3.     ¿QUE EXIGÍA LA PROPIEDAD QUIRITARIA? PAGINA 190 PARRAFO  2. a)     Que el sujeto fuera ciudadano romano. b)     Que la cosa estuviera en el comercio. c)     Si el objeto era inmueble, debía estar situado en  el suelo itálico. d)     Su transmisión debía hacerse por los medios solemnes del derecho civil : la mancipatio o la iure cesio 
4.     ¿LA PROPIEDAD BONITARIA  COMO SE CONFIGURABA? PAGINA 190 PARRAFO 4. Se configuraba cuando faltaba alguno de los requisitos exigidos por el derecho civil  y solamente la reconocía el derecho honorario.
5.     ¿PARA EVITAR LA INJUSTICIA QUE SE OTORGABA? PAGINA 191 PARRAFO 2
El pretor otorgaba una excepción  al adquiriente, la exceptio rei venditae el traditae
6.     ¿CUÁNDO EXISTE LA COPROPIEDAD? PAGINA 191 PARRAFO 7. Existe cuando varias personas son titulares del derecho de propiedad sobre el mismo objeto
7.     ¿CÓMO FUERON CLASIFICADOS LOS MODOS ADQUISITIVOS DE LA PROPIEDAD? PAGINA 192 PARRAFO 3. Fueron clasificados por el derecho romano  en modos adquisitivos del modo civil y modos adquisitivos del derecho natural.
8.     ¿CUÁLES SON LOS MÉTODOS ADQUISITIVOS  DEL DERECHO CIVIL? PAGINA 192 PARRAFO  4. 1. El mancipatio. Era un negocio solemne usado por los ciudadanos romanos en la trasmisión de la res mancipi  y se efectuaba por medio del cobre y la balanza. 2. La in iure cesio  es un modo adquisitivo que debía llevarse a cabo frente al tribuna. Este es un proceso ficticio en el cual el actor adquiere comparecencia ante el magistrado. 3. La usucapio  la adquisición   de la propiedad por la posesión continuada durante el tiempo señalado por la ley. 4. La adiudicatio. Atribuir a cada uno de los litigantes la parte que les correspondía. 5. La lex.  Bajo esta  denominación el derecho civil incluyo todos aquellos casos en los que se adquiriría la propiedad por solo efecto de la ley.
27  GUZMAN SAMPAYO PATRICIO
28  HERNANDEZ RAMIREZ ISRAEL
29  HERNANDEZ NERI DANIEL
1.- Definición de matrimonio subsiguiente y época en que se dió?R.- El matrimonio subsiguiente de los padres, en cuyo caso, para que el hijo pudiese ser legitimado, tenía que ser hijo de padres que pudieran contraer legítimo matrimonio, siendo común que relaciones de carácter marital que quedaban bajo la figura del concubinato se convirtieran en iustae nuptiae.  Ésta circunstancia se dio desde la época  del Emperador Justiniano.   (Página 117, 2° párrafo).
2.- Cual es la obligación a la curia y en que reinado se creó?R.- Consistía en que el padre que deseaba legitimar un hijo nacido fuera del matrimonio, lo ofreciera en la curia de su pueblo natal para desempeñar el cargo de decurión, si se trataba de una hija, casándola con uno de ellos.Éste procedimiento de legitimación se creó en el reinado de Teodosio II y Valentiniano III   (Página 117, 5° y 6° párrafos).
3.- En que consistió el Rescripto del Emperador?R.- En éste caso el padre natural debía solicitar la legitimación al emperador, el cual podía concederla o no. El padre podía hacer ésta solicitud incluso en su testamento, para dejar al hijo como heredero, situación que sólo sería válida en caso de no existir hijos legítimos.     (Página 117, 8° párrafo)
4.- Mencione otras uniones de carácter marital?R.- Independientemente de las iustae nuptiae, el Derecho romano reconoció otras uniones maritales, con características distintas pero igualmente lícitas, con consecuencias inferiores a las que producía el iustum matrimonium,  siendo las siguientes:
1. El concubinato,  2.- El contubernio,  3.- El matrimonio sine connubio     (Página 118, último párrafo y página 119, primer párrafo).
5.- Qué es el concubinato y forma en que se da?R.- Unión marital de orden inferior al iustum matrimonium, de carácter monogámico, reconocido por la ley, siendo diferente de cualquier relación pasajera, la cuas cuales se consideraban ilícitas. Se podía tener sólo una concubina.  Los hijos nacían sui iuris.  Éste tipo de unión fue frecuente entre el ciudadano romano y una mujer de provincia. (Página 119,  2°,5° y 6° párrafos)
6.- Qué es el contubernio?R.- Se le llamó así a la unión de carácter marital entre esclavos o entre libre y un esclavo; sin consecuencias jurídicas y los hijos de tal unión seguían la condición de la madre, es decir con parentesco natural llamado cognatio servilis.     (Página 120, primer párrafo)
7.- Qué es el matrimonio sine connubio y forma en que se da?R.- Unión marital que se celebra entre personas que por alguna razón no gozaban el conubium, o al menos, una persona no gozaba de él.     (Página 120, 3° y 4° párrafos)
8.- Que es la Manus?R.- El usus es el método más antiguo para establecer ésta figura y se establecía por el transcurso del tiempo.  La Manus es la autoridad que se tiene sobre una mujer casada, la cual es ejercida por el marido, pero si éste es una persona alieni iuris, la ejercerá la persona que tiene la patria potestad sobre él, es decir, su padre.     (Página 120, último párrafo y página 121 2° párrafo)
9.- Qué es el Mancipium?R.- Es una figura del Derecho civil, consistente en que la autoridad que puede ejercer un hombre libre sobre otra persona también libre. Todo paterfamilias podía dar en Mancipium a los hijos que estuviesen bajo su autoridad o bien a la mujer in manu.     (Página 122, 6° párrafo y página 123, 2° párrafo)
30  HERRERA SILVA DAVID HUMBERTO
1.- ¿cuáles son las cuatro clases de divorcio que existen cuando Justiniano sube al trono?R= Divorcio por mutuo consentimiento, divorcio por culpa de uno de los conyugues, divorcio por declaración unilateral y divorcio bona gratia.Páginas 112 y 113 (están enumerados los divorcios del 1 al 4)
2.- ¿Qué es la adrogación?
R= Es la forma más antigua de adoptar.Página 114, tercer párrafo (inciso (a)
3.- ¿Qué es la legitimación? R= Es el procedimiento para establecer la patria potestad sobre los hijos nacidos fuera del matrimonio. Página 116, sexto párrafo. 
31  ISLAS SALGADO RAMON JOSEP
32  JIMENEZ CARDONA JOSE ANTONIO
1.- ¿Cuáles son las características de las acciones reales y personales?Respuesta= Las acciones reales protegían a los derechos reales, o sea los que autorizan nuestra conducta sobre una cosa, ejemplo la acción reivindicadora que protege al derecho de propiedad.Pág. 172 párrafo 4
2.- ¿Cómo se originaba la relación entre un deudor y un acreedor?Respuesta= desde que un juez le imponía a un litigante la obligación de pagar una cantidad a otro.Pág. 175 párrafo 3
3.- ¿Qué son las acciones penales?Respuesta= son las que derivan de un delito por ejemplo la actio furti que se da contra el ladrón a favor de la víctima.Pág. 175 párrafo 4
4.- ¿Cuáles son las características de las acciones penales?Respuesta= Eran acumulativas o sea que tienen dos significados por un lado quiere decir que la acción penal se acumulaba a la acción reipersecutoria. La víctima del robo podía ejercer a la vez la acción reivindicadora y la actio furti. Por ejemplo significa que si el delito era cometido por varias personas, cada uno de los delincuentes debí a pagar la multa completa. Pág. 177 párrafo 4
5 ¿Cuáles son las acciones de derecho estricto?Respuesta= son aquellas donde un juez al emitir su decisión debía atenerse a los términos planteados en el proceso, sin tener facultad para tomar en cuenta otras circunstancias.Pág. 177 párrafo 5
6.- ¿Cuáles son las acciones de buena fe?Respuesta= eran en donde el juez estaba plenamente facultado para investigar e interpretar.Pág.181 párrafo 4
7.- ¿Dentro del derecho Romano cuales eran las cosas que si podían ser susceptibles de apropiación por un particular?Respuesta= eran aquellas que estaban dentro del comercio ( res in commercium)Pág. 182 párrafo 1
8.- ¿Cuáles son las res comunes?Respuesta= son aquellas cuyo uso es común a todos los hombres, como el aire, el agua, el mar, la costa del mar.Pág. 182 párrafo 1
9.- ¿Cuáles son las res publicae?Respuesta= son las que pertenecen al pueblo romano considerado como un ente jurídico, como las carreteras, los puertos, los edificios públicos  y las calles de la ciudad.Pág. 183 párrafo 3
10.- ¿Cuáles son las cosas corporales e incorporables?Respuesta= las corporales son las cosas que pueden apreciarse con los sentidos que son tangibles, que pueden ser tocadas; Son incorporales las cosas no tangibles, como un derecho o una herencia. 
33  KIN ALAMILLA JOSE ENRIQUE
34  LOPEZ GARCIA HECTOR
35  LUNA SANDOVAL LIZETH YURITH
36  MACIAS SANCHEZ MARGARITA
37  MANRIQUEZ SOLANO MARIA ANTONIETA
38  MARTINEZ RAMIREZ JUAN ANTONIO. 1. ¿Qué llevo a los juristas a pasar por alto el tiempo de estudio del derecho romano en las escuelas y facultades? A que algunos estudios han desvirtuado la naturaleza del mismo, tiene el concepto de que es una especie de historia que se trata de una relación cronológica 2. ¿Cuál es la historia del derecho que estudia IHERING? Es la manifestación de la cultura que se conformó con el paso de los siglos 3. ¿Qué fue lo que influyo en la época de la república para el engrandecimiento de roma y de sus instituciones jurídicas? Fueron el respeto a la ley y el temor a la fuerza 4. ¿Qué finalidad tiene la obra de IHERING? De poner en evidencia la lógica rigurosa con que tales hechos y acciones fueron regulados por el derecho 5. ¿Ante la falta de que no hubo más que tomar como obligatorio aquello que era conocido o estaba a la mano como la costumbre?a falta de un legislador que con autoridad moral y material impusiera principios de observancia general 6. ¿Qué llevo a los pueblos griegos y romanos a recurrir a la violencia y a la costumbre como medio para resolver diferendos? La falta de principios que normaran la conducta de sus miembros de sus relaciones entre sí y con autoridad en manifestación de monarcas 7. ¿Quiénes fueron llamados a asumir el papel de autoridad o a legislar y organizar a ciertas sociedades? Fueron líderes militares o religiosos con fama de prudentes y religiosos 
39  MEDINA FLORES SANDRA
1.- ¿En qué consiste el procedimiento Formulario’ Se fincaba sobre la base de documentos, los cuales deberían ser elaborados por un magistrado o bien bajo su control. Precisamente el pretor peregrino implantó un  nuevo sistema para impartir justicia, sistema que en un principio fue la excepción, ya que sólo se usaba en los juicios llevados en su tribunal, después se convirtió en la regla y se aplicó en todas las controversias también por el pretor urbano.(Página 162; párrafo 3).
2.- ¿En qué consistía la participación del pretor peregrino dentro del procedimiento formulario?El pretor peregrino ayudaba a los litigantes a redactar un pequeño texto, llamado fórmula en el cual se reunían los antecedentes y pretensiones de las partes, y que serviría para que el juez tuviese una visión completa del problema existente. El pretor poco a poco fue creando modelos de textos apropiados a los diversos tipos de juicio, modelos que daba a conocer al iniciarse en su cargo como funcionario. (Página 163; párrafo 2 y 3).
3.- Explica todos los pasos de la fase in iure.La fase In iure, en la cual se redactaba y aceptaba la fórmula y la fase apud iudicem, que se desarrollaba ante el juez. A. Fase In Iure a. La Fórmula: Es mediante la aceptación de este documento redactado por las partes que se le confiere al juez la facultad de poder condenar o absolver al demandado. En toda fórmula lo primero que aparece es la designación del juez que se hará cargo del litigio. Toda fórmula contenía 4 partes: a) La demonstratio, consiste en una exposición de los hechos y señala la causa por la cual se lleva a cabo el litigio. b) La intentio, se indica la pretensión del demandante o actor, esto es, la cuestión misma en que se basa el proceso. c) La intentio, puede ser certa o incerta; será certa cuando el objeto del litigio esté perfectamente determinado, incerta, cuando éste es indeterminado y su determinación se deja a criterio del juez. Esta es la parte más importante de la Fórmula. d) En la condemnatio, la fórmula le confiere al jueznla facultad de absolver o condenar al demandado. La audiudicatiu, faculta a dicho juez a adjudicar total o parcialmente el objeto del litigio, esta parte de la fórmula sólo existirá en aquellos casos en los que se ejerce una acción divisoria. Además toda Fórmula contiene una serie de aclaraciones que permiten al magistrado adaptar los términos de aquella a las exigencias del actor y del demandado: las exceptiones y las praescriptiones. Las exceptiones se colocaban a continuación de la intentio, el juez sólo podría condenar al demandado si la intentio es justificada y si la excepción no lo está; si el demandado prueba su excepción debe ser forzosamente absuelto o una disminución en la condena. Las praescriptiones, eran partes que precedían a la demonstratio y en ocasiones la reemplazaban, unas veces en interés del demandante ex parte actoris y otras en interés del demandado ex parte rei. Las primeras tenían por objeto limitar y precisar la demanda y las segundas eran sólo una excepción por el lugar donde eran insertadas en la fórmula. La litis contestatio, es el último acto llevado ante el magistrado, con él se termina la primera fase del procedimiento, es la piedra angular de lproceso. (Página 163; párrafo 4, 5, 6, 7, 8 y 9; página 164; párrafo 1, 2, 3, 4, y 8; página 165; párrafo 1 y 2).
 4.- Explica en qué consiste la fase apud iudicem. Es la segunda fase del proceso, que se desarrolla ante un juez. El juez se basa primero en la fórmula, en las pruebas y alegatos de las partes. Se aportan documentos como medios probatorios. La sentencia sólo puede contener la absolución o la condena del demandado. El juez no tiene derecho a corregir el error cometido por las partes al exponer sus pretensiones en la fórmula. Con la sentencia se termina la fase  apud iudicem y el juez deberá dictarla siempre públicamente y en voz alta; para su ejecución habrá que dirigirse nuevamente al magistrado. Por ser solo el quien goza del imperio. (Página 166; párrafo 2, 3; página 167, párrafo 3).
40  MEDRANO SILVA JORGE ANTONIO
41  MELCHOR MORENO ANA IVONNE UNIDAD VI. DERECHOS REALES 
1.- Mencione la definición de Derecho Real. Es un derecho oponible a cualquier tercero, que faculta a su titular para que saque provecho de una cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho (en cuyo caso hablamos de derecho de propiedad) o en forma reducida, como sucede con los diversos “desmembramientos de la propiedad” (en cuyo caso hablamos de iura in re aliena, como por ejemplo, el derecho de hipoteca o el usufructo).
2.- Mencione cuales son los Derechos Reales Se clasifican en derechos reales de propiedad (quiritaria o bonitaria) y de iura in re aliena (de goce o de garantía).
3.- Diga la diferencia entre Derecho Real y Derecho Personal El derecho real se aplica sobre las cosas, el personal se aplica sobre las persona; en el primero uno reclama lo que le pertenece, mientras que en segundo se exige lo que otra persona le debe.
4.- ¿Qué es la Posesión? La palabra possidere, de donde possessio se deriva, contiene a su vez la palabra sedere o sentarse, sentarse o asentarse en una cosa, de ahí− la definición de posesión como el poder de hecho que una persona ejerce sobre una cosa, con la intención de retenerla y disponer de ella como si fuera propietario.
5.- ¿En qué consiste la protección de la Posesión?El poseedor cuenta con los interdictos para demandar el reconocimiento o protección de su posesión frente al despojo.
6.- Diga que es la Propiedad.
Es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que está pueda proporcionar.
7.- Mencione los tipos de propiedad. Propiedad Quiritariay Propiedad Bonitaria
8.- ¿En qué consisten los modos originarios de adquirir la propiedad? a) La traditio.- Una de las acepciones de la palabra tradición -traditio- es la de “entregar”, y este modo adquisitivo de la propiedad se realizaba precisamente mediante la entrega de una cosa, aunada a la intención de trasmitir y adquirir. b) La ocupación.- Adquirimos por ocupación, esto es apropiándolas, aquellas cosas que están en el comercio y que carecen de dueño, bien porque nunca lo tuvieron -res nullius-, o porque su dueño las abandono -res derelictae-. c) La accesión.- Hay ascensión cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable, en cuyo caso será dueño del conjunto el dueño de la cosa principal, la adquisición es definitiva, aunque indemnizando al propietario de la cosa accesoria (unión de una cosa mueble a otra cosa mueble, unión de cosa mueble a cosa inmueble, unión de  una cosa inmueble a otra cosa inmueble).
9.- Diga en qué consiste la defensa de la propiedad quiritaria y bonitaria. La protección procesal de la propiedad quiritaria se lograba a través de la acción reivindicatoria (reivindicatio), que era una acción real que tenía−a el propietario en contra de cualquier tercero, para pedir que se le reconociera su derecho y, en su caso, que se le retribuyera el objeto; en el caso de la propiedad bonitaria, para evitar una injusticia, el pretor otorgaba una excepción al adquiriente, la exceptio rei venditae et traditae, que paralizaba los efectos de la acción reivindicatoria.
10.- ¿Qué es una servidumbre real y cuando se extingue? Las servidumbres son derechos reales de goce limitados en su contenido, y se pueden constituir para aumentar el valor de un inmueble o sólo con miras a favorecer a un sujeto determinado; se extinguen: 1) Por la pérdida de cualquiera de los inmuebles. 2) Por confusión o consolidación; (que se reunieran en la misma persona la titularidad del derecho de propiedad y de la servidumbre). 3) Por renuncia del titular. 4) Por el no uso.
11.- Diga qué es la defensa de las servidumbres reales.Es la actio confessoria, creada a imagen de la Reivindicatio.
12.- Diga qué es la servidumbre personal.Es un derecho de goce, real, en beneficio de una persona, sobre bienes pertenecientes a otra (el derecho de usar y disfrutar una cosa ajena). Hay cuatro formas de servidumbres personales: 1.- Usufructo (no consumible sea mueble o inmueble, sin otra limitación que la de conservarla en el mismo estado en que se encuentra al momento de construirse el usufructo). 2.- Uso (en la medida necesaria para satisfacer los requerimientos propios de usuario). 3.- Derecho de habitación (se concreta a la utilización de una habitación específica). 4.- Operae servforum (una persona se podía beneficiar de los servicios de un esclavo ajeno, bien fuese de forma directa a alquilándolo a su vez)
42  MENDOZA PEREZ VICTOR MANUEL
43  MORENO CHAVARRIA RICARDO
44  MUÑOZ AGUILAR VLADIMIR
45  NAMBO SALAZAR JOSE LUIS
46  NUÑEZ SANCHEZ DANIEL
¿Cuáles son las fuentes de patria potestad?A)    El matrimonio.B)    La adopción.C)   La legitimación.Respuesta página 105, párrafo 5.
Explica la fuente del matrimonio.Se llama iustae nuptiae o iustum matrimonium a la unión conyugal monogámica llevada a cabo de conformidad con las reglas del derecho civil romano. Respuesta página 105, párrafo 6.
¿Cuáles son las condiciones de validez para la celebración del matrimonio?1.- Pubertad de los futuros esposos.2.- Consentimiento de los esposos.3.- Consentimiento del jefe de familia.4.- Cunubium.Respuesta página 107, párrafo 6.
¿Cómo se define la pubertad de los futuros esposos? Se define como la edad en la cual las facultades físicas de ambos cónyuges estén suficientemente desarrolladas como para que les permita realizar el fin del matrimonio; esto es, la procreación de los hijos.Respuesta página 107, párrafo 7.
¿En qué edad se fija la pubertad?La pubertad se fija en los 12 años para la mujer y en 14 para el varón.Respuesta página 107, párrafo 8.
Define el consentimiento de los esposos.
Las personas que van a contraer matrimonio debe expresar libremente su consentimiento para llegar a realizar el matrimonio.Respuesta página 108, párrafo 2.
Define, consentimiento del jefe de familia.La persona que se casa siendo sui iuris, no tiene la necesidad del consentimiento de nadie. No ocurre así con los hijos bajo autoridad paternal, los cuales deben contar con el consentimiento del paterfamilias. Este consentimiento de los padres no estaba fundado en el interés de los futuros cónyuges, sino única y exclusivamente en la autoridad familiar.Respuesta página 108, párrafo 3.
¿Qué es conubium?Es la aptitud legal para estar en posibilidad de contraer iustae nuptiae. Gozarán de este privilegio todos los ciudadanos romanos, quedando exceptuados de él tanto los peregrinos como los latini salvo los latini veteres, que si gozan de esta prerrogativa.Respuesta página 108, párrafo 5
¿Cuáles son las causas por las cuales no podía llevarse a cabo el matrimonio? a)    Si existía algún parentesco entre los futuros esposos. b)    Estaba prohibido el matrimonio entre patricios y plebeyos. c)     La unión entre hijos de los senadores con libertos. d)    Entre el alto funcionario de la provincia o sus hijos con una persona natural. e)    Entre el tutor o sus hijos con la pupila. f)      El curador y sus hijos con la persona sobre la cual se ejerce la curatela.g)    Personas con gran diferencia de situación social y économica.Respuesta página 108,109
47  OCHOA CISNEROS YOSHIAN KLAUS
48  OLMOS FUENTES CAROLINA POSESIÓN 
1.     ¿De acuerdo con el derecho romano como se puede describir la posesión?
R=Se puede describir como el poder de hecho que una persona ejercía sobre una cosa. Pág. 202.
2.     ¿Qué elementos eran necesarios reunir para adquirir la posesión? R= Eran dos elementos, uno de carácter objetivo llamado possidere corpore, para abreviar, corpus, representado por el poder físico que la persona ejercía sobre la cosa y el segundo de carácter subjetivo, llamado animus possidendi o simplemente animus, que era la intención o voluntad del sujeto.Pág. 202
3.     ¿Para que servían los interdictos que protegían a la posesión?
R= Un grupo servía para retener la posesión y otro para recuperarla.Pág. 202
4. ¿Cuáles son los tipos de posesión? R=·Poseedor de buena o mala fe. ·Poseedor por usucapión. · Posesión interdictal. ·  Posesión justa e injusta. ·  Posesión natural. · Postliminio.Pág. 203
5.     ¿En qué momento la posesión de hecho, constituye un hecho natural que no tiene relevancia para el derecho ya que sólo se adquirirá en función de naturaleza jurídica, como?

6.     ¿Qué es el derecho de posesión? R = Es un facultamiento de conducta, una autorización o sea la conducta facultada al poseedor.Pág. 207 último párrafo
7.     ¿Quién afirma que la posesión es sólo una situación de hecho, aunque este protegida por el derecho y así pudiera parecer que ella misma lo es?
R= Federico Carlos von Savigny (Traité de la Possession en Droit romain) Pág. 208 cuarto párrafo
8.     ¿Rodolfo von Ihering como define a la posesión?R = Afirma que la posesión por sí misma es un derecho.Pág. 208 último párrafo
9.     ¿Cuáles son los dos elementos que constituyen a la posesión? R = El primero, de carácter objetivo, se llama corpus y es precisamente el control poder físico que la persona ejerce sobre la cosa. El segundo, tiene carácter subjetivo, se denomina animus passidendi o simplemente animus, y consiste en la intención o voluntad del sujeto de poseer la cosa, reteniéndola para sí, con exclusión a los demás.Pág. 209 segundo y tercer párrafo
10.  ¿Qué personas no tenían el animus possidendi? R = Aquellas personas que estuvieran autorizadas a actuar sobre las cosas en virtud de otro derecho real o personal, que excluyera la posibilidad de que se convirtieran en propietarios.Pág. 209 último párrafo
11.  ¿Cuáles son las clases de posesión que los romanos distinguieron? R = La posesión justa e injusta y la posesión de buena fe y de mala fe.Pág. 210 segundo párrafo
12.  ¿En qué momento la posesión es de buena o de mala fe? R= Es de buena fe cuando el poseedor cree tener derecho a la posesión, y es de mala fe cuando sabe que no lo tiene, como es el caso del ladrón.Pág. 210 tercer párrafo
13.  ¿El poseedor de mala fe llega a convertirse en propietario de la cosa?
R= No el poseedor de mala fe jamás se convierte en propietario.Pág. 210 sexto párrafo
14.  ¿Cuántos y cuáles son los grupos de interdictos que sirven para proteger a la posesión? R= Existen dos grupos, un grupo se ejerce ante la amenaza de despojo y son aquellos que sirven para retener la posesión (interdicta retinandae possessionis). El otro grupo se utiliza cuando el despojo ya se realizó, para pedir la restitución del objeto, son los interdictos que sirven para recuperar la posesión (interdicta recuperandae possessionis).Pág. 211 segundo párrafo
15.  ¿A qué grupo de de interdictos pertenece este grupo de interdictos: Interdicto unde vi, Interdicto de precario e Interdicto de clandestina possessione?
R= Pertenecen al grupo de Interdicta recuperandae possessionis.Pág. 212  tercer párrafo
49  ORTEGA ARANA FELIX OMAR
50  PAZ GARCIA MAYRA MALENI
Que aprendieron los romanos en sus luchas de partido? R= a subordinar la religin y el inter�s pol�tico
Quienes deb�an servir al fin peculiar del pueblo romano? R= todo aquel que existiera y pisar�el suelo romano
Que hacia la autoridad de la religi�n en Roma? R= confirmar lo que el mismo estado quer�a
Personas que pon�an en juego varias instituciones?
R= pont�fices, los augures, faciales y los guardado res de libros sibilinos

Que hacia el colegio?
R= pod�a declarar nulo un acto Ejemplo. La lecci�n de un magistrado por alguna irregularidad

Que hac�an los faciales?
R= desidian las controversias internacionales
Que hac�an los pont�fices?
R= guardianes del derecho sagrado honrados influyentes, las condenas estaban a peladas por ellas, estaban sujetas a la apelaci�n del pueblo.
Qui�nes ten�an que granjearse el amor del pueblo? R= los pont�fices
Quien desconoci�a los sacerdotes? R= Roma
Quienes eran personas eclesi�sticas?
R= callos, impulsaban al pueblo a concurrir a los prop�sitos del estado

Un matrimonio concluido con la consagraci�n, puede disolverse? R= si por la diferencia de creencias
Que se hace al declarar la guerra?
R= los faciales agarran la rama sobre territorio enemigo

Que es flamenco da lista?
R= no podr�prestar juramento
Que es magistrado?
Prestaba juramento de su cargo
51  PEDRAZA CASTILLO MARIA INES
52  PEÑA MARTINEZ ENRIQUE
53  PEREZ SALDAÑA JUVENTINO
54  RAMIREZ RAMIREZ LUIS ALBERTO
55  RAMIREZ PULIDO MARIA GUADALUPE. MODOS  DE  ADQUISITIVOS  DEL  DERECHO  NATURAL. 1.-¿Cuales  son  los modos  de  adquirir la  propiedad en  el derecho  Romano? a.- La traditio.  b.-la  ocupación.  c.-la accesión. d.-la  especificación.  e.-la confusión y  conmixtión. f.- la praescriptio longi temporis. g.-la  adquisición de  frutos.  Pág  195 último  párrafo.
2.-¿Qué significa  la  traditio? Entrega de  las  cosas pág.  196 primer  párrafo.
3.-¿Cómo  se  da  la  adquisición  por  ocupación? Se  da  apropiándose  de  las  cosas  que  están en  el  comercio y  que  carensen  de  dueño ( porque nunca tuvieron dueño  o  porque  su  dueño  los  abandono) pág. 196 párrafo quinto.
4.- ¿ Da ejemplo de  cosas  que  no  tienen  dueño  res nullius?
      a.- Los  animales  salvajes ;  la  caza  y  la  pesca.
      b.-Las  cosas pertenecientes  a  el  enemigo en  el  momento de  iniciar  la  guerra.
      c.-las  piedras  preciosas  encontradas  en  el  mar  o  en  las  orillas
      d.-Las  islas  que  se  forman  en  el  mar y  que  todavía  no pertenece a  nadie.
      e.-El  tesoro,  entendiendo  por  este  la  suma  de  dinero o  los  objetos preciosos 
          escondidos  por  tanto  tiempo  que  nadie  recuerda  quien era  su  legítimo
          propietario. Pag. 196 último  párrafo y  197 primer  párrafo.
5.- ¿La  accesión  se  da  cuando? Una  cosa se  adhiere a  otra  de  forma  inesperada,  aquí el  dueño será el  que  poseía  la  cosa  principal  y  es  de  forma definitiva,  al propietario  de  la  cosa accesoria  o  elaborada  se  le  indemnizaba. Pág. 197 párrafo  cuarto
6.- ¿ Cuales  son  las  condiciones de  adquirir la  propiedad de  la  praescriptio
       longi temporis ? a.- Solo  era para  los  ciudadanos  romanos
       b.- Solo  sobre  las  cosas que  se  podían  tener l  propiedad  quiritaria.
       c.- Que  las  propiedades  estuvieran  en  territorio  Itálico. Pág  199,  párrafo cuarto.
7.- ¿Cuáles eran los  requisitos para  la  praescriptio longi temporis?
       Para  la  prescripción de  largo  tiempo  el  plazo para los  que  estuvieran  presentes 
       era de  10  años en  los  ausentes  era  de  20  años,  según  que  el  propietario y el 

       poseedor viviera o no en  el  mismo  lugar. Pág. 199 ,  párrafo sexto.
56  URIOSTEGUI URIOSTEGUI KARIME